MARCEJU escribió:fui a averiguar al tribunal de servicio domestico porq para q encuedre en la normativa com dama de compañia tenia q estar conviviendo con la anciana. Como no viva con ella sino q cumplia un horario todos los dias y tampoco hacia tareas de limpieza...etc. lo voy a pasar como relación laboral. Encontré jurisprudencia q en algunos casos lo encuedraban como un contrato civil. Pero voy a probar por el fuero laboral.
Es locacion de servicios en ese caso, NO es relacion laboral. SI queres intentalo, pero desde ya te digo que te van a rechazar la demanda seguro.
Por eso te dije que si hacia algo de la casa es serv. domestico, si no tampoco, porque esta excluido de este regimen tambien.
Solo te queda loc. de servicios.
Dra. Avolio Jimena