En un incidente de alimentos que tramita en Pcia. no contesta el demandado, el juez le tiene por decaido su derecho y que en lo sucesivo se notifique en los estrados del juzgado. Sin embargo a posteriori cuando dicta la apertura a prueba dice Notifiquese por cedula o personalmente. Donde notifico la apertura a prueba?
Otra, el auto de apertura a prueba solo dice "recibase el presente incidente a prueba por 10 dias" Tengo que pedir que ordene librar los oficios y disponga fecha para la absolución de posiciones y los testigos?
Otra, el auto de apertura a prueba solo dice "recibase el presente incidente a prueba por 10 dias" Tengo que pedir que ordene librar los oficios y disponga fecha para la absolución de posiciones y los testigos?