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  • Cheque denunciado percibido por venta en negro

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 #633073  por Sil
 
Buenas tardes! Tengo que iniciar un juicio ejecutivo por un cheque rechazado por denuncia policial. Mi duda es la siguiente: el cheque en cuestion tiene como origen una venta en negro, no hay docuemntacion respaldatoria. Se que esto no obsta al ejecutivo por la abstraccion propia de los cheques y por lo que no hay que demostrar en el ejecutivo la causa de la obligacion. El tema seria la posible accion de repeticion posterior, porque mi cliente no tiene factura por la venta ni tampoco esta endosado el cheque.... Este cheque se lo dio en parte de pago un cliente que opera hace tiempo con el denunciante y entre varios cheques que efectivamente se cobraron (por el cliente de mi cliente) este ha sido el unico denunciado..... La realidad es que el librador y el cliente de mi cliente discutieron y el primero le denuncio el cheque... Tambien se que el titular de la cuenta no hizo la ratificacion ante su banco (porque obviamente el robo era falso) por lo que aparentemente en los registros del banco se lo toman como sin fondos... Vuelvo a mi pregunta: el hecho de no tener factura por la venta le podra traer problemas a mi cleinte si el titular de la cuenta iniciara una accion de repeticion posterior?
Muchisimas gracias!
Sil
 #633308  por drany
 
Hola Sil, desde mi punto de vista tu cliente la tiene complicada en la medida que, conforme lo que contás carece de pruebas para resistir el ordinario posterior.-
Encima, si mal no comprendí el cliente de tu cliente omitió endosar el cheque posteriormente denunciado, por lo que el librador tiene acción únicamente contra el depositante.-
No se de cuánta plata estamos hablando. Tendrás que evaluar el resultado positivo de un ejecutivo, contra los perjuicios que se le pueden reclamar a tu cliente en un eventual ordinario. Espero te sirva. Suerte!
 #635189  por Sil
 
Gracias Drany por tu respuesta! te cuento que el cheque es de $35.000.... Yo me pregunto: si ante el ordinario posterior mi cliente presenta como testigo a su cliente, a la vez cliente del denunciante y este manifiesta que el denunciante el entrego los cheques tal y tal (son varios) por tales ventas (que entiendo este si las tiene facturadas) y de 5 cheques 4 se cobraron y solo 1 se denuncio, igual crees que tendra problemas? Porque si le roban o pierde chequera deberia haber denuncaido todos y ellos tenian relacion comercial asidua, es decir, el cliente de mi cliente cobro muchos cheques del denunciante antes de la denuncia en cuestion..... Ademas mi cliente se comunico al banco y alli le dijeron que el denunciante nucna confirmo la denuncia por lo que ellos no la consideran extravio y lo cuentan como cheque sin fondos... Es mucho dinero para no hacer nada, sobre todo tratandose de una denuncia falsa. Vos crees que se arriesgara a un ordinario posterior con el riesgo de que se le inicie querella penal? porque en sede penal si que tienen en cuenta la declaracion del cliente de mi cliente que ya deposito varios cheques de esta persona cobrandolos todos en tiempo y forma? Que te parece?
 #807239  por lacasas
 
Quiero hacer una pregunta referida la tema, que se plantea, en el ejecutivo no es necesario expresar la causa que dio origen a la emisión de ese cheque sin fondos, por lo que si la venta es en "negro" se podría hasta ganar el juicio ejecutivo si se prueban los extremos.
Hasta allí si no me equivoco es así, ahora mi pregunta es referida a la sanción penal , ésta es posible , si la venta no esta registrada?
 #807255  por albertoaune
 
Según establece el Banco Central, cuando un cheque se denuncia por extravío para que se considere con fondos debe estar depositado el dinero del mismo durante el tiempo de vigencia del cheque, es decir 30 días.
Esto es para evitar abusos.
Por ello aunque se haya denunciado es sin fondos.
Recuerdo que según el Código de Comercio un cheque es "una orden de pago pura y simple", por lo que no importa la causa por la cual fue librado.
 #906990  por catucha
 
HOLA¡¡ ACABO DE LEER EL TEMA Y ESTOY OADECIENDOLO PROQUE ESTE ASUNTO DE LA DENUNCIA DE ROBO O EXTRAVIO ES ALGO QUE LOS BANCOS ESTAN CONTRIBUYENDO PORQUE EN EL RECHAZO POR "ONP" NO DICEN SI HAY O NO FONDOS. POR OTRO ALDO LSO BANCOS NO ESTAN OBLIGANDO AL DENUNCIANTE ANTE LA PRESENTACION AL COBRO DEL CHEQUE DENUNCIADO QUE RATIFIQUEN LA DENUNCIA Y ACREDITE (EL DENUNCIANTE) QUE INFOIRMÓ AL JUZGADO ITNERVININIENTE QUE EL CHEQUE SE PRESENTO AL COBOR.
PREGUNTO: NO HAY UNA RESPONSABILIDAD SUBYACENTE DE LOS BANCOS?? EL TENEDOR LEGITIMO DEL CHEQUE NI SIQUIERA SE ENTERA QUIEN DENUNCIO EL VALOR?? EL DENUNCIANTE QUE NO COMPLETA EL CIRCUITO DE INTERVENCION PENAL, FRENTE AL COBRO Y SI NO HAY FONDOS Y LA DENUNCIA FUE MENDAZ COMETE EL DELITO DE FRUSTRACION MAILICIOSA DEL PAGO DEL CHEQUE Y NADIE LE DA BOLA AL TEMA.
DE DONDE SURGE QUE LOS FONDOS PARA EL PAGO DEL VALOR DENUNCIADO (COMO DICE LA FORISTA ANTERIOR) TIENE QUE ESTAR A LOS 30 DÍAS DE LA PRESENTACION??
QUE DEBERÌA HACVER EL TENEDRO LEGITIMO FRENTE AL BANCO?? QUE TAL UNA CD PARA INTIMARLO A QUE INFORME QUIEN FUE EL DENUNCIANTE (PUEDE SER EL TITULAR DE LA CTA. CTE O UN ENDOSANTE) Y SI REQUIRIÓ EL CUMPLIMIENTO DE TODOS LOS REQUISITOS DE LA LEY DE CHEQUES.