Estoy por iniciar sucesión intestada típica. Sr. X murió en el 2005. Sra Y (esposa de X) murio 2010.
Tengo todos los certificados expedidos por el registro: defunción del causante (y), defunción de X (2005) acta de matrimonio (del año 2006) certificados de nacimientos de los hijos (herederos)
Me dice un colega que debería renovar el acta de matrimonio (porque es del 2006) y la defunción de X (porque es del 2005). Mis clientes carecen de recursos de modo que pretendo ahorrarles gastos innecesarios.
Debo renovar esos certificados? Me dicen que para presentarlos en el sucesorio no pueden exceder los 90 dias desde su expedición (algo que corre para los certificados de domino, pero no tiene nada que ver con esto) Gracias
Tengo todos los certificados expedidos por el registro: defunción del causante (y), defunción de X (2005) acta de matrimonio (del año 2006) certificados de nacimientos de los hijos (herederos)
Me dice un colega que debería renovar el acta de matrimonio (porque es del 2006) y la defunción de X (porque es del 2005). Mis clientes carecen de recursos de modo que pretendo ahorrarles gastos innecesarios.
Debo renovar esos certificados? Me dicen que para presentarlos en el sucesorio no pueden exceder los 90 dias desde su expedición (algo que corre para los certificados de domino, pero no tiene nada que ver con esto) Gracias
AGDA