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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #656807  por 17857
 
Hola a todos! les cuento que el jueves 2 de diciembre de 2010 fui despedida del estudio jurídico en el que estaba trabajando. Motivos concretos no hubo, solo que "a patir de enero no iban a necesitar de mis servicios", pero todo diciembre debía trabajarla "para poder cobrar el mes", cosa que estoy haciendo.
El tema es que acabo de conseguir un nuevo empleo en el que empezaría el lunes 13 y quiero saber cómo hacer una correcta liquidación para ver que no me paguen de menos.

Mi sueldo es de $1000.

Empece a trabajar el 13 e febrero de 2010

ya cobré el medio aguinaldo proporcional a mitad de año.

Espero que me ayuden porfii!! yo hice esto, pero no se si me falta algo!!


Indemnización por despido o antigüedad $ 1000
(1 mes de sueldo por cada año trabajado)

SAC sobre indem. por despido $ 83.33
(Es el 8,33 % de lo que haya dado la indemnización por despido)

10 días trabajados de diciembre $ 322,58
(Se divide la mejor remuneración por 31 (días que tiene un mes) y al resultado se lo multiplica por la cantidad de días trabajados.)

Integración de mes de despido $ 645,16
(Se divide la mejor remuneración por 31 (días que tiene un mes) y al resultado se lo multiplica por la cantidad de días que restaban trabajar en el mes. La integración sólo se abona en caso de haber operado el despido con fecha que no coincida con el último día del mes, como en el ejemplo. Si se lo hubiera despedido un 31 de diciembre directamente se abona diciembre como trabajado y no la integración.)

SAC sobre integración de mes de despido $ 53,74
(8,33 % de lo que haya dado la integración de mes.)

Vacaciones proporcionales $ 377,41
(Antigüedad menor 5 años: corresponden 14 días
- Si a 360 días le corresponden 14 días de vacaciones
- Por 301 días trabajados en el año le corresponden……………………. “X”
301 x 14 % 360 = 11,70 días de vacaciones.
Entonces sólo falta dividir el sueldo por los 31 días del mes y a ese resultado multiplicarlo por los días de vacaciones que le corresponden.)

SAC sobre vacaciones $ 31,43
(8,33 % de lo que hayan dado las vacaciones)

SAC proporcional $ 833.11
(Se divide el sueldo por 360. El resultado se multiplica por los días trabajados.)

TOTAL $3346
 #656908  por doctordoctor
 
Mira, como sos cuasi profesional te ayudamos o por lo menos yo, y mas porque detesto a los abogados que tienen gente trabajando haciendolos figurar como monotributistas y pagandoles una miseria... porque son fracasados de la vida.

Hagas la liquidacion que hagas seguro cuando te paguen te van a pagar la mitad o menos de lo que hayas calculado...

1) COmo te despidieron telegrama o verbal? este mes de diciembre sería el preaviso de 1 mes?
2) Podes reclamar muchisimas mas cosas judicialmente. Mas si en los expedientes que llevas estas presentada o dejaste nota... o hiciste algun tramite para el estudio donde hayas registrado tu nombr ey fecha.

3) Esos 1000 no son realmente la base de calculo. Ya que seguro estas como monotributista o en negro. EL Salario minimo y vital es casi el doble y si aplicas el CCT de comercio es mucho mas. Pero si queres tomar 1000, y bue entronces tomalo...

4) Si estas en capital el 245 no lleva sac.

5) Te correspondería el convenio de comercio por mas que este un poco dsiscutido.

6) Lo unico que se toma sobre la mejor remuneracion es para el 245, lo demas se toma el salario del mes. En tu caso seguro siemrpe cobraste 1000, asi que esta bien tomar cualqueir mes SI ES QUE NO VAS A RECLAAMAR JUDICIALEMENTE LOQUE TE CORRESPONDE.

7) No se si por ahi pusiste el preaviso como rubro indemnizatorio

8) la integracion es la cantidad de dias desde que te comunicaron el despido hasta terminar el mes.

9) para el calculo del valor día vacacional no gozado, no se divide el sueldo por 31 sino por 25-

Ya te digo... igualmente no creo que te paguen mas de $1.000 por mas que te correspondan cerca de $12.000 o mas...
 #656942  por laurava
 
Suponiendo que 17857 sea cuasi abogada, cosa que no se desprende del post.....
El salario de 1000 no se sabe de donde surge. Cual es tu jornada? Tenè en cuenta que las liquidaciones se hacen con el sueldo devengado (el que deberìas haber cobrado)(aca adhiero a doctordoctor en el tema del CCT)
Parece, por lo dicho, que el despido fue verbal, en ese caso estas en un prblema, ya que no debes considerarte despedida, y deberias seguir yendo a tu trabajo como si nada, y si te niegan tareas el 1ª de enero, empezar con los telegramas "ante negativa de trabajo..etc"
Si dejas de trabajar el 13 de diciembre, y no te mandaron telegrama, seguro te van a intimar para que te presentes, y ahì sonaste
Mandà mas data, y recordà que este es un foro de intercambio entre abogados, no evacuaciòn de consultas a los trabajadores!!!
Suerte!!!!
 #657251  por 17857
 
Muchas gracias por las respuestas, voy a ver qué puedo reclamar..

y laurava no solo soy una trabajadora. soy estudiante de abogacia, asique la ayuda que me puedan brindar no solo va a ser para una mera "trabajadora" sino para una futura colega.
 #657263  por laurava
 
Nosotros, los abogados laboralistas, tenemos un esecial respeto y vocacion tuitiva hacia los trabajadores. Por eso elegimos esta especialidad. Al menos yo tengo especial interes en proteger los intereses de los trabajadores, cuidar sus derechos, intentar impedir abusos y explotación. Pero el tema es que este es un foro de intercambio entre profesionales NO ES UN FORO PARA ATENCION DE CASOS. y CADA VEZ QUE ALGUIEN HACE UNA CONSULTA, LOS FORISTAS LES CONTESTAMOS ESTO, QUE NO SE EVACUAN CONSULTAS, Y QUE CONSULTE A UN ABOGADO.
Vos, por ser estudiante, tuviste la suerte que docdoc te contestó.
Suerte!