33011960 escribió:Yo creo que el tema serìa -pero no estoy segura- que las personas que fallecieron antes de 31/132/2010 estan excluidos
Entiendo que las deudas devengadas al 31/12/2010 fueron condonadas, por el art. 78 de la ley 14.200
SABRIN escribió:ME LLEGO UN MAIL QUE DECIA QUE EN CASO DE PADRES CONYUGES E HIJOS PAGAN CUANDO SUPERAN LOS 200 MIL Y OTROS LOS 50 MIL, PERO DE LA LEY ESO NO SURGE, BUENO ESPERO OPINIONES
Y no se encuentran alcanzados por el impuesto el enriquecimiento por la suma de $ 50.000, que se eleva a $ 200.000 cuando se trate de padres, hijos y cónyuges (art. 73, ley 14.200)
Aparte, haría falta consultar a un Contador Público antes de determinar la base imponible, puesto que son deducibles "las deudas dejadas por el causante al día de su fallecimiento"
(art. 103, inc. a, ley 14.044), y tener en cuenta que el monto por gastos de sepelio deducible es de $ 10.000 (art. 76, ley 14.200 impositiva 2011).
Saludos!