Hola, me recibí hace poco y tengo un caso que no se como encararlo y acudo a vuestra ayuda. Tengo un cliente Paraguayo que fue acusado por abuso sexual con acceso carnal. Estuvo preso con prisión preventiva aproximadamente 8 meses (fundado en declaraciones testimoniales y solo porque era paraguayo, ya que la victima declaró que quien la violó hablaba en guaraní, con el aditamento que no fue reconocido en la rueda de reconocimiento). Tiempo de 8 meses que duró para hacerse la prueba comparativa de ADN del imputado con las muestras de semen extraídas de la victima. Prueba que obviamente dio resultado negativo. Y poco tiempo después se dictó el cese de la prisión preventiva y el sobreseimiento total. Lo que demuestra que de haberse hecho la prueba de ADN mucho tiempo antes, se podría haber evitado el grave perjuicio causado a mi cliente (imagínense las consecuencias dentro de la penitenciaria durante 8 meses y con el rotulo de “violador”).
Yo lo encararía por el lado de la “falta de servicio” como consecuencia del exceso injustificado de duración para la realización de esa prueba FUNDAMENTAL y casi UNICA en este tipo de delito.
Pero como se que no es muy fácil lograr la responsabilidad del Estado por error judicial quería escuchar opiniones y consejos.
Desde ya muchas gracias.-
Yo lo encararía por el lado de la “falta de servicio” como consecuencia del exceso injustificado de duración para la realización de esa prueba FUNDAMENTAL y casi UNICA en este tipo de delito.
Pero como se que no es muy fácil lograr la responsabilidad del Estado por error judicial quería escuchar opiniones y consejos.
Desde ya muchas gracias.-