Hola Foristas, tengo mi primer laboral en pcia, voy como parte actora, en el primer proveido me salio que se me tenia por presentada, y por constituido en dom en los estrados del tribunal???, siempre litigue en capital, constitui domicilio a unas 20 cuadras del Tribunal, esto significa que tengo que poner un casillero y denunciar nuevo domicilio???, o que serian los estrados del tribunal?, estoy bastante perdida, le pregunte al chico de la mesa, y solo me hizo una observacion en la documental, pero me dijo que con el domicilio no habia problema, alguien me puede comentar un poco, como es el tema de los domicilios en pcia?.. gracias besos a tdos-
Giovanna:
Respecto a los dlcios, es idéntico en cap o pcia.
En tu primera presentación debes constituir un dclio dentro de la misma jurisdicción (dentro del radio del Jzdo). Así, en Cap Fed constituis un dlcio dentro de la Cap Fed. En Pcia tenes que constituir dentro de (lomas, San Isidro, La Plata, Moron...) Si no lo haces, el juez te intima a que constituyas un dclio dentro del radio del Jzdo bajo apercibimiento de tenerte por constituido en los estrados del juzgado. Esto significa que tu dclio constituido será el del juzgado y no se te enviarán cédulas, ya que la notificación será por ministerio de la ley, o lo que es lo mismo... los días de nota.
Saludos.