Hola a todos: Quería preguntarles lo siguiente. En una empresa trabaja una persona de 60 años como maestranza. El mes pasado obtuvo la jubilación . El beneficio fue acordado y ya percibió su primer haber. Se pudo jubilar porque trabajó en el puerto y s/dice tienen un regimen especial q les permite jubilarse antes. El beneficio sabemos q lo tiene porque pudimos verlo por la pagina de anses. El dice también haber cobrado el retroactivo. La empresa quiere prescindir de los servicios de esta persona porque antes de tener q despedir a otro empleado este sería el menos necesario sin contarles todas las cosas q hace y el trato q tiene con las personas q alli trabajan. La pregunta es como se lo indemniza. Porque la antiguedad se empieza a contar de cero a partir del momento q cobró su primer haber no es cierto? sería muy poco lo q le tienen q pagar? porque hace un mes q obtuvo la jubilacion. Agradezco ayuda besos Adri 
