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  • Art 242 CPCC Monto para apelar

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 #681831  por Mariaac
 
colegas:

en 2009 se reformo ese articulo y establecio que el monto p apelar sentencias definitivas debe superar los 20 mil

Les cuento que en 2007 presente una demanda reclamando 15 mil, la perdi en primera y sube a camara y en funcion de ese articulo me dicen q no supera el monto y que el recurso fue mal concedido. La pregunta es como juega el tema de la actualizacion, porq si yo hago la liquidacion con mas los intereses desde esa fecha hasta q salio esa resolucion de camara, me da 24 mil. O sea pordria pedir una revocatoria???

Sin embargo si ud leen bien el articulo reformado dice : " A los efectos de determinar la inapelabilidad de una sentencia o resolución, se estará al monto que rija en la fecha de presentación de la demanda" Quiere decir que no da lugar a actualizar el monto?????????

Besos