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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #686384  por fab999
 
Hola Colegas tengo una duda conr respecto al tema de honorarios. Tengo q ejecutarlos para cobrarlos, algunos trabajan en blanco otros no, la mayoria son por temas de familia y la duda es esta:

1) Puedo hacerlo en el mismo expte o necesito abrir otro? (pcia de Bs As)

2) los requisitos son: copia simple de la sentencia, copia simple de la cedula (con art 54) y escrito de ejecucion??? esta bien?

3) no hace falta pagar bono ius ni tasa ¿no?

tengo la regulacion, se notifico por cedula con art 54 y algunos han pasado casi 2 años sin moverse... que me recomiendan?

Saludos cordiales