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  • divorcio aca...domicilio en españa

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #704010  por anyta1
 
buenas noches... FELICES PASCUAS....
El tema es asi:
Se casaron aca, en pvcia de bs.as
Se fueron a vivir a España
Hoy ella esta alli y el en el Peru
Consulta:
Mediante 2 poderes ( cada uno me daria uno), puedo presentar un mutuo en el Juz del lugar de domicilio del casamiento el divorcio?
 #704496  por Tiburcio
 
No entiendo por qué no se divorcian en España o Perú.
¿Hay bienes aquí en Argentina?
 #704844  por anyta1
 
hola Tiburcio... Gracias por responder... entiendo que creen el tema es mas acelerado de esta otra forma.nuevamente Gracias
 #704979  por msal
 
anyta1 escribió:buenas noches... FELICES PASCUAS....
El tema es asi:
Se casaron aca, en pvcia de bs.as
Se fueron a vivir a España
Hoy ella esta alli y el en el Peru
Consulta:
Mediante 2 poderes ( cada uno me daria uno), puedo presentar un mutuo en el Juz del lugar de domicilio del casamiento el divorcio?
Entiendo que no, ya que las acciones de separación personal y divorcio vincular como así también las que versen sobre los efectos del matrimonio, deberán intentarse ante el juez del último domicilio conyugal efectivo o ante el del domicilio del cónyuge demandado.
Esta es la solución adoptada por el nuevo art. 227 por medio de la reforma de la ley 23.515, que alude al último domicilio conyugal efectivo o sea el último domicilio que los cónyuges tuvieron de consumo.
Por lo tanto la competencia queda atribuida en todos los casos al juez del último domicilio conyugal efectivo, aún cuando alguno de los cónyuges hubiese trasladado su domicilio al extranjero al tiempo de promoverse la acción. Pero la ley otorga una opción por parte del actor (mujer o marido) para entablar la acción ante el juez del domicilio del cónyuge demandado.

Te copio el art 227 del CC

CAPITULO XVI

De las acciones

Artículo 227. – Las acciones de separación personal, divorcio vincular y nulidad, así como las que versaren sobre los efectos del matrimonio, deberán intentarse ante el juez del último domicilio conyugal efectivo o ante el del domicilio del cónyuge demandado

Suerte y espera que alguien más opine por las dudas que exista alguna otra alternativa que yo desconozca.
Cordiales Saludos
 #705343  por Tiburcio
 
De todas maneras, pueden dar un domicilio aquí sin consecuencia alguna, siempre que lo hagan de común acuerdo.
Creo que en la medida de la confianza que tengas con los clientes se pueden hacer los escritos aquí y enviarlos para que los firmen en sus respectivos lugares de residencia, por correo.