Buenas, tengo un mar de dudas....
Cliente circula con vehículo A, choca con B en una esquina, realizan denuncia, A y B aportan datos de sus respectivos seguros. Se inicia Sumario y se caratula Lesiones Culposas Desistidas, ya que A, no insta la Acción Penal.
Resulta que B, se apersona a la Cria. y manifiesta que se equivoco de seguro, y aporta dos recibos de pago por RC. El que corresponde a la fecha del siniestro es totalmente apócrifo, de una Aseguradora que quebró hace 10 años, y el otro es actual, no lo cubría al momento del accidente.
A quiere que le reparen el auto, pero nos encontramos que no hay seguro, y aparentemente el conductor B, como la titular dominial (su mujer) son un matrimonio de crotos.
A es Policía. voy a la UFI y me dicen que están por archivar la IPP ya que están desistidas.
Preguntas:
- A puede Instar la Acción Penal en este momento? (recordemos que al ser Policía debía saber lo que firmaba al manifestar que NO instaba la Acción Penal)
- O conviene presentarlo como particular damnificado? x Lesiones Leves? aquí dudo de poder reclamar los daños materiales.
- O conviene presentarlo como Querellante y/o Actor Civil, tratando de reclamar el daño sufrido (al vehículo) ya que por sus lesiones, no dejo de trabajar...
Agradezco ideas....
Saludos
Cliente circula con vehículo A, choca con B en una esquina, realizan denuncia, A y B aportan datos de sus respectivos seguros. Se inicia Sumario y se caratula Lesiones Culposas Desistidas, ya que A, no insta la Acción Penal.
Resulta que B, se apersona a la Cria. y manifiesta que se equivoco de seguro, y aporta dos recibos de pago por RC. El que corresponde a la fecha del siniestro es totalmente apócrifo, de una Aseguradora que quebró hace 10 años, y el otro es actual, no lo cubría al momento del accidente.
A quiere que le reparen el auto, pero nos encontramos que no hay seguro, y aparentemente el conductor B, como la titular dominial (su mujer) son un matrimonio de crotos.
A es Policía. voy a la UFI y me dicen que están por archivar la IPP ya que están desistidas.
Preguntas:
- A puede Instar la Acción Penal en este momento? (recordemos que al ser Policía debía saber lo que firmaba al manifestar que NO instaba la Acción Penal)
- O conviene presentarlo como particular damnificado? x Lesiones Leves? aquí dudo de poder reclamar los daños materiales.
- O conviene presentarlo como Querellante y/o Actor Civil, tratando de reclamar el daño sufrido (al vehículo) ya que por sus lesiones, no dejo de trabajar...
Agradezco ideas....
Saludos
No confundas mi personalidad con mi actitud. Mi personalidad es quien soy yo, y mi Actitud depende de quien seas vos