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  • Tengo un proveido y la verdad q no se que me piden

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #63773  por sil021
 
Laboral represento al actor (trabajador), presento demanda, proveido del tribunal que aclare por que demando a la sociedad y a 2 personas fisicas, aclaro diciendo de que se que existe una sociedad anonima y dos empleadores por mi cliente conocidos que en teoria serian los dueños de la empresa etc. poveido siguiente no me dan lugar a la demanda si no me decido por uno y no por todos, mi pregunta es por que si yo no se hasta el momento del proceso quienes son los empleadores responsables la SA figura en el recibo de haberes los demas uno firma el recibo y el otro era el encargado ambos hermanos. La verdad que no entiendo es la primera vez q me pasa alguien sabe decirme porque esa actitud del Tribunal? el no poder demandar a los tres sino q uno solo, de ultima se desiste en proceso

 #63808  por lorenam
 
Hola SIL:
Haber primero es fundamental como fue el intercambio telegrafico? A quien los dirigistes?
Despues en caso de duda vos lo extendes a todos y despues queda en ellos la dispensa de responsabilidad con las pruebas aportadas.

En caso de sociedad debes demandar a la sociedad como persona juridica y a los integrantes de la misma si esta debidamente inscripta en el Registro, a todos no hay porque tomas una decision que puede perjudicarte porque si elegis al que no formaba parte de ese vinculo contractual que pasa nada no!
Contame un poquito mas si queres
Suerte

 #63893  por DAL
 
Ojo con este tema!!!!

Vos podes demandar a 10 personas si queres, siempre y cuando la razon por la cual los demandas no sea incompatible.
Si el trabajador estaba anotado el empleador es el que figura en el recibo de sueldo ESE y no otro es el empleador.

PUede ser que existan otras personas que no sean el empleador pero que sean solidariamente responsables, por ejemplo los socios de la sociedad anonima, siempre y cuando incurran en algun supuesto de responsabilidad de la ley de sociedades (por ejemplo fraude laboral). Pero esto debés fundarlo expresamente y si no no los podés demandar así todos juntos.

Ponenos un poquito más como armaste la demanda así vemos.

 #63948  por Sailaw
 
Solo se puede demandar a los integrantes de la sociedad, ante la existencia de fraude laboral, si se trata de un despido o cobro de haberes, estando debidamente registrado y no existencia de acciones fraudulentas de cualquier tipo, el demandado solo puede ser la Sociedad como persona Jurídica.

Veo todos los dias que se está comentiendo ese error, y puede resultar algo caro, porque podemos salir condenados en costas, y aunque se gane el juicio, una buena cantidad va a ir a parar a esa condena.