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  • Autonomo = Aporte Caja Prev. Profecional?

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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #734026  por Dr.cito
 
Hola!! mi consulta es la siguiente: Voy a formar parte de una SRL en calidad de gerente, para lo cual necesito estar inscripto como autonomo, pero yo ya realizo aportes a la caja previsional de profecionales, necesito saber si con este ultimo aporte puedo ser gerente y obtener nº de CUIT de la SRL sin necesidad de inscribirme como autonomo. Muchas gracias.
 #734286  por molinag
 
No, necesariamente tenes que ir autonomos.....deja la de la caja prof, impositivamente es conveniente para la srl que hagas los aportes autonomos y se deduzcan el sueldo que te pagarian...
 #734294  por Dr.cito
 
Gracias por tu respuesta molinag, te comento que hoy tb mande un mail a la AFIP para preguntar esto y me dijeron que de todas formas debo inscribirme, en base a lo dispuesto por el Artículo 5 de la ley 24241:
Actividades simultáneas: ARTICULO 5° - La circunstancia de estar también comprendido en otro régimen jubilatorio nacional, provincial o municipal, así como el hecho de gozar de cualquier jubilación, pensión o retiro, no eximen de la obligatoriedad de efectuar aportes y contribuciones a este sistema, salvo en los casos expresamente determinados en la presente ley.
Las personas que ejerzan en forma simultánea más de una actividad de las comprendidas en los incisos a), b), o c) del artículo 2º, así como los empleadores en su caso, contribuirán obligatoriamente por cada una de ellas.

Desconozco si se a planteado la inconstitucionaldidad de este art, pero segun el criterio de la afip, a pesar de que no pague mal, tengo que pagar dos veces jejej
 #734912  por diegus
 
Hola,

Cuál sería el agravio constitucional?

La CN prohibe la superposición de aportes, no la multiplicidad.

O tal vez me perdí algo del caso.

Saludos

Diegus
 #734932  por Dr.cito
 
Hola Dieguz: la verdad que de tributario y jubilaciones se poco y nada, lo de la inconstitucionalidad lo decía mas que nada por intuición, lo relaciono un poco por ej. con la obra social, o sea, si estubiera en relación de dependencia en dos trabajos y en un trabajo pago una obra social, no veo por que en el otro trabajo tendría que pagar otra obra social o la misma pero un plan mejor. En mi caso, aporto a la Caja Previsional de Profecionales y tambien tendría que aportar al sistema previsional como autonomo. No se si será correcto el razonamiento. Un saludo!