Les cuento que tramite un reconocimiento de ss de un sr que trabajo en un frigorifico regido por el dcto 3555/72, Industria de la carne, y en el recibo le liquidaban como tal e incluso en el SIPA le figura el codigo correspondiente a esta actividad 09 desde el periodo que entro hasta que salio (alta 02/75 y baja 02/93) con la omisión del año 82 en que no le figura nada. El problema esta en que no tiene o perdió o se la dio a alguien la CSS y solo le quedó en su poder algunos recibos del periodo y en la resolución si bien le reconcen abosolutamente todo el periodo pero, para mi sorpresa, se lo dan como comunes y ante mi mirada atonita le pregunto al iniciador que me supo atender y me dice que si no tenemos la CSS o pruebas se lo considera comunes a pesar, insisto, que en la sabana del anses figura el codigo 09 en cada uno de estos años. La duda es: esta bien la razón esgrimida por el anses? y el punto 1.5 "Acreditación de SS diferenciales" que dice en todos sus subpuntos "Sin presentación de CSS": que se acreditará el caracter del ss si figura en el SIJP la totalidad del periodo? es solo una expresion de deseo...? lo voy a recurrir solo con la invocación de esta norma clara y precisa. Escucho opiniones, y gracias a los que responden.
Tal cual, vos solo llegaste en tu relato a la exposicion de motivos de la queja, ese es el fundamento, si esta en Sijyp como diferencial no hay mas que hablar.
No obstante, busca en las bibliotecas especializadas donde vas a encontrar Fallos y Resoluciones Carss donde se conceden estas situaciones diferenciales con menos documental que la que tenes en tu poder.-
