Hola a todos!!
Soy Contador, conozco temas de derecho porque hace casi 20 años soy perito contador en la ciudad de La Plata.
Concretamente mi pregunta se debe a una multa fotográfica por supuesto exceso de velocidad en la ruta nacional 38 en un pueblito Huillapima, en Catamarca.
Dicen que pasé a 68 km/hora cuando la máxima era 60.
Pretenden cobrarme $ 350 con vencimiento el 5/9/11
El radar está homologado, consulté la página del Inti.
En internet surge que en ese pueblo multan a todos, una barbaridad.
Mi consulta es: ¿pago o hago un descargo por carta certificada con aviso de retorno?
Por ahí leí que las municipalidades nunca contestan, pero dejan la multa en el ruit, cuando uno vende el auto salta y hay que pagarla actualizada...
Espero opiniones.
Desde ya, gracias.
Juan Carlos, Berisso, Pcia. Bs.As.
Soy Contador, conozco temas de derecho porque hace casi 20 años soy perito contador en la ciudad de La Plata.
Concretamente mi pregunta se debe a una multa fotográfica por supuesto exceso de velocidad en la ruta nacional 38 en un pueblito Huillapima, en Catamarca.
Dicen que pasé a 68 km/hora cuando la máxima era 60.
Pretenden cobrarme $ 350 con vencimiento el 5/9/11
El radar está homologado, consulté la página del Inti.
En internet surge que en ese pueblo multan a todos, una barbaridad.
Mi consulta es: ¿pago o hago un descargo por carta certificada con aviso de retorno?
Por ahí leí que las municipalidades nunca contestan, pero dejan la multa en el ruit, cuando uno vende el auto salta y hay que pagarla actualizada...
Espero opiniones.
Desde ya, gracias.
Juan Carlos, Berisso, Pcia. Bs.As.