Soy abogado y vivo en Tucumán y tengo dos consultas:
1.- El primer caso es de una persona que era trabajador autónomo (médico) y toda su vida aportó a la Caja de Médicos de la Provincia de Tucumán. Más allá de esos aprtes, también aportaba a una AFJP, pero ese es otro cantar. En fin, ese tipo, formaba parte de una SRL junto con otros médicos, cuyo objeto era la medicina, es decir, habían constituído la sociedad, a los fines de poder ejercer su profesión, aunque todos continuaban facturando por separado.
Dicha SRL tuvo siempre sus cuentas al día y hasta el día de hoy continúa funcionando correctamente. La cuestión es que ahora la AFIP le reclama a los herederos del médico fallecido, que paguen los aportes a la Seguridad Social que le correspondían al médico por haber formado parte de una sociedad; es decir, que aparte de los aportes realizados como profesional, se paguen aportes, que supuestamente se deben, por haber formado parte de una sociedad, la cual aclaro, tenía como objetivo que sus integrantes ejercieran la MEDICINA ES DECIR SU PROFESION.-
2.- Mi segunda pregunta es que, en caso de que haya que pagar esa deuda, los herederos pueden renunciar a la Previsión social, y de ésta manera no tener que pagar (se extinga la deuda)?
1.- El primer caso es de una persona que era trabajador autónomo (médico) y toda su vida aportó a la Caja de Médicos de la Provincia de Tucumán. Más allá de esos aprtes, también aportaba a una AFJP, pero ese es otro cantar. En fin, ese tipo, formaba parte de una SRL junto con otros médicos, cuyo objeto era la medicina, es decir, habían constituído la sociedad, a los fines de poder ejercer su profesión, aunque todos continuaban facturando por separado.
Dicha SRL tuvo siempre sus cuentas al día y hasta el día de hoy continúa funcionando correctamente. La cuestión es que ahora la AFIP le reclama a los herederos del médico fallecido, que paguen los aportes a la Seguridad Social que le correspondían al médico por haber formado parte de una sociedad; es decir, que aparte de los aportes realizados como profesional, se paguen aportes, que supuestamente se deben, por haber formado parte de una sociedad, la cual aclaro, tenía como objetivo que sus integrantes ejercieran la MEDICINA ES DECIR SU PROFESION.-
2.- Mi segunda pregunta es que, en caso de que haya que pagar esa deuda, los herederos pueden renunciar a la Previsión social, y de ésta manera no tener que pagar (se extinga la deuda)?
