Hola, es la primera jubilación que tramito y me encuentro con una sorpresa.
Antes de envíar el plan, que a mi criterio estaba correcto, por las dudas voy y pregunto en mi UDAI qué hacer con los períodos anteriores al 09/93, si respetarlos a rajatabla según figura en Datos Personales o modificarlos a conveniencia. Yo tenía entendido que por imperio de la 555/10 puedo modificar las categorías siempre y cuando sea en periodos anteriores al 9/93, sin embargo, Romina, supuestamente quien más sabe en mi UDAI me dijo que lo que figura en Datos Personales debo respetar a rajatabla sea antes o después del 9/93. Lo cual me genera una cuota unos $29 más alta en la moratoria que si lo hago a mi modo. Es correcto lo que me dicen??
Antes de envíar el plan, que a mi criterio estaba correcto, por las dudas voy y pregunto en mi UDAI qué hacer con los períodos anteriores al 09/93, si respetarlos a rajatabla según figura en Datos Personales o modificarlos a conveniencia. Yo tenía entendido que por imperio de la 555/10 puedo modificar las categorías siempre y cuando sea en periodos anteriores al 9/93, sin embargo, Romina, supuestamente quien más sabe en mi UDAI me dijo que lo que figura en Datos Personales debo respetar a rajatabla sea antes o después del 9/93. Lo cual me genera una cuota unos $29 más alta en la moratoria que si lo hago a mi modo. Es correcto lo que me dicen??
