Les hago una consulta, al final en que quedo lo de obviar el SDM no necesario para el computo ???.
Mi pregunta es porque tengo una señora que le aportaron 2 años de SDM del 04/2000 al 03/2002, extemporaneamente, por lo tanto los intereses son una bestialidad y esos años no los necesita para computar los 30.
Si o si hay que regularizarlo o lo puedo desconocer ????
Mi pregunta es porque tengo una señora que le aportaron 2 años de SDM del 04/2000 al 03/2002, extemporaneamente, por lo tanto los intereses son una bestialidad y esos años no los necesita para computar los 30.
Si o si hay que regularizarlo o lo puedo desconocer ????
