Tenia ya autorizada la inscripcion por tracto abreviado de un bien, ya habia denunciado los compradores, retirado el exte, se lo lleve a la escribana y resulta que me pide que rectifique la declaratoria para que especifique que uno de los herederos lo hace en reprsentacion de su padre fallecido. Pensando q era una pavada, hago el escrito, lo dejo y me proveen que no pueden rectificar xq este señor fallecio dps q la causante y que tengo q hacer otra sucesion a nombre de esta y que asi no puedo perfeccionar la venta. IMAGINESE MI CARA!! y le digo que noto una contradiccion entre la autorizacion a la inscripcion por tracto abreviado q me habian provedio hacia unos dias atras, con esta negativa a rectificarme la declaratoria.
MI PREGUNTA ES: cabe algun recurso a esa resolucion para que vaya a Camara y ver si me lo rectifican.
O sea, enmtiendo que mi cliente tranquilament puede actuar en representacion de su padre muerto, por mas q hay fallecido dps de la causante.
MI PREGUNTA ES: cabe algun recurso a esa resolucion para que vaya a Camara y ver si me lo rectifican.
O sea, enmtiendo que mi cliente tranquilament puede actuar en representacion de su padre muerto, por mas q hay fallecido dps de la causante.
Camino a la independencia. Dispuesta a enfrentar las desventajas.