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  • CIRCULAR 71/2011

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #793384  por andy13
 
Buenas tardes foristas:
Les planteo la siguiente inquietud: tengo entendido que el 13/12/2011 entra en vigencia la circular 71/2011 (que reemplaza a la 30/10), mediante la cual nos obligan a presentar los formularios 6.292 y 6.293 (ddjj del solicitante y del dador de trabajo respectivamente). Tengo turno para iniciar una jubilacion de SDM (real pero con algunos pagos extemporaneos) el 15/12 y el dador de trabajo hasta el viernes no puede ir a certificar su firma en la ddjj. Si vuelvo a pedir turno, se vence la 2da. cuota del Sicam. Se podrá iniciar bajo insistencia?
Saludos
 #793386  por MARIO1943
 
andy13 escribió:Buenas tardes foristas:
Les planteo la siguiente inquietud: tengo entendido que el 13/12/2011 entra en vigencia la circular 71/2011 (que reemplaza a la 30/10), mediante la cual nos obligan a presentar los formularios 6.292 y 6.293 (ddjj del solicitante y del dador de trabajo respectivamente). Tengo turno para iniciar una jubilacion de SDM (real pero con algunos pagos extemporaneos) el 15/12 y el dador de trabajo hasta el viernes no puede ir a certificar su firma en la ddjj. Si vuelvo a pedir turno, se vence la 2da. cuota del Sicam. Se podrá iniciar bajo insistencia?
Saludos
NO LO TENES QUE INICIAR BAJO INSISTENCIA, LO QUE TENES QUE HACER ES EL ANEXO VI Y DAR LOS MOTIVOS POR EL CUAL NO S E PRESENTA LA DD.JJ. DEL DADOR,
 #795953  por andy13
 
Mario1943: Gracias por tu respuesta, fue correcta. Pude iniciar el Exp. con el formulario 6.293 con la firma certificada del dador de trabajo, pero a falta de está me informó el iniciador, que deberia presentar el Anexo VI (aunque como todavia no tenian mucha experiencia con la Circ. 71/11, igual me dijo que presente ese Anexo, informando que se acompaña la ddjj del dador de trabajo). Gracias nuevamente, y saludos !!!
 #796293  por fernandez rocio
 
una pregunta andy que pusiste en remuneracion percibida. tengo una clienta que hizo pagos de $20 y $23.
gracias por fa quiero saber
 #798015  por andy13
 
fernandez rocio, perdon por la demora en responder. En remuneración percibida indiqué los mismos importes que puse en el F. 102 (recibo).