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  • DESALOJO DE LA CONYUGE! AYUDA

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 #800219  por nemesis
 
HOLA FORISTAS, NECESITO AYUDA CON ESTE CASO. MI CLIENTE ES DUEÑO DE UNA PROPIEDAD, LA CUAL HEREDA DE SUS PADRES. EN DICHA PROPIEDAD VIVIO CON SU CONYUGE, DE QUIEN LUEGO SE SEPARA DE HECHO Y CON QUIEN TIENE UN HIJO EN COMUN. ESTA SE QUEDA VIVIENDO EN UN DEPTO. DEL FONDO Y EL SE PASA A LA CASA DE ADELANTE. LA CONVIVENCIA ES INSOSTENIBLE.
PUEDO INICIAR EL DESALOJO SIN HABER HECHO EL DIVORCIO?
EN QUE CARACTER LO HAGO?
AYUDAAAAAAAAAAAAAAAAA!!!
 #800375  por diegogvillamayor
 
pero no hay hijos de por medio decis? viven con la madre?
 #800452  por Mordisco
 
Civil y comercial
B1950448
Desalojo - Legitimación activa

Debe rechazarse la acción de desalojo entablada contra el cónyuge del cual la actora se encuentra separada de hecho, cuando a pesar de tratarse de un bien propio de la requirente, es sede del hogar conyugal en el cual convive el marido con sus hijos, uno de ellos menor de edad. No modifica la cuestión el origen en cuanto a la accesión a la titularidad o derechos sobre el inmueble que se pretende desalojar, pues es ésta precisamente la que le otorga el carácter de propio. Si bien tales derechos son compartidos por otros herederos ajenos al tema de la sociedad conyugal, no lo es menos que los mismos no se han presentado en autos ni reclamado su desalojo. El reconocimiento en la demandante de personería y legitimación que surge de autos, no es incongruente con la solución adoptada. Una cosa es reconocerle acción para presentarse y cuestión diferente es analizar los alcances de sus derechos cuando se contraponen con normas de orden público al tiempo de resolver el tema de fondo.

CC0001 SM 42529 RSD-16-98 S 17-2-1998, Juez LAMI (SD)
CARATULA: Sobotta, Nicolassa M. c/ Sanchez, Carlos A. y otros s/ Desalojo MAG. VOTANTES: Lami-Olcese-Biocca

Fuente: http://www.scba.gov.ar/jubanuevo/elsum. ... os%20Aires
 #800456  por Mordisco
 
Aún cuando no medió matrimonio entre las partes, el sentenciante aplicó analógicamente el art. 1277 del Código Civil, imponiendo al incidentista la carga de probar que el bien cuya desocupación persigue, y que fuera el asiento del hogar familiar, es prescindible. Y en esa línea, entendió que el actor no ofreció vivienda de reemplazo a su hijo y la madre que ejerce la tenencia, en condiciones que aseguren para ambos su derecho a la habitación. De ello se sigue, que aunque efectivamente hubo una oferta de reemplazo de la vivienda, tal como el apelante indica en sus agravios, a la luz de la previsión tuitiva del art. 1277, 2° parte del C. Civil, ello es insuficiente para tener por demostrada la prescindencia del inmueble para el núcleo familiar demandado, en la medida que dicha oferta -que no fue aceptada- estaba y está sujeta a la condición de desalojo y venta de la unidad, lo que no asegura debidamente el derecho del menor tutelado. Y es que el art. 1277, 2° ap. del C. Civil está destinado a regir la disposición del inmueble en que está radicado el hogar, si hubiere hijos menores o incapaces, trátese de un bien propio o ganancial. La posibilidad de que el juez supla la voluntad de uno de los cónyuges -o concubinos- está sujeta a las limitaciones establecidas en aquélla norma, es decir, se requiere la demostración de que puede prescindirse del bien y que la disposición que se busca no compromete el interés familiar. De ello se sigue que debe ser otorgada la autorización -ordenando la consecuente desocupación que se persigue- si la vivienda familiar puede ser instalada en otro lugar.

CCI Art. 1277 ; CCI Art. 1277 2 ap.

CC0002 SI 96926 RSI-861-4 I 28-9-2004 , Juez MALAMUD (SD)

CARATULA: Nievas c/ Nievas y otros s/ Inc. de desocupación
MAG. VOTANTES: Malamud-Bialade-Krause

Fuente: http://www.scba.gov.ar/jubanuevo/elsum. ... os%20Aires

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 #800512  por diegogvillamayor
 
no puede desalojar a la mujer ahi vive con el menor............
 #805712  por Sebamarzol
 
Me sumo a la discusión con una variante...
Qué pasaría si la titularidad del inmueble que alguna vez fue asiento de la sociedad conyugal (y de los hijos menores) fuera de la madre del esposo?
Es decir, los esposos y sus hijos vivieron en la casa de la madre del esposo, se separaron de hecho, la casa quedó ocupada por la madre y los hijos con el consentimiento -no escrito- del marido, y ahora su madre (abuela del menor) quiere iniciar el desalojo...
Se entendió??
Gracias
 #805756  por Mordisco
 
Hipoteticamente y a simple vista pareciera que nó, pero siempre hay condimentos que complican los desalojos, y si el terreno es propiedad de la suegra, pero las mejoras pertenecen a la sociedad conyugal, y tb recordemos que existe una obligación de alimentos de los abuelos para con sus nietos
La madre en nombre de su hijo menor de edad, promovió demanda de alimentos futuros consistente en la cesión de uso y goce en forma gratuita y hasta que cumpla la mayoría de edad, del inmueble en que actualmente viven, contra los abuelos, padres de su ex esposo fallecido, propietarios del bien. Este reclamo de un nieto a sus abuelos, de naturaleza y fuente alimentaria, resulta extraño a los artículos 211, 1277 y 3573 bis del estatuto matrimonial, que si acuerdan un derecho de habitación "in natura" sobre el inmueble asiento del hogar conyugal. La pretensión de continuar habitándolo por un largo tiempo, gravándolo con una medida procesal de indisponibilidad jurídica, carece de sustento legal, particularmente si no se han acreditado debidamente los factores que darían sustento a la ecuación que permita determinar el quantum de la prestación alimentaria reconocida. La prestación de naturaleza alimentaria que pudiera haber asumido el padre fallecido en relación al inmueble ocupado por su hijo, no se trasmite a sus parientes -artículo 374 del Código de fondo.-

CCI Art. 211 ; CCI Art. 1277 ; CCI Art. 3573 ; CCI Art. 374

CCCU02 CU 28 0 I 28-2-96, Juez: AHUMADA
ACCAME PATRICIA HEBE c/ VICENTE JUAN Y GARCIA DE VICENTE MARIA INES s/ ALIMENTOS, Mag. votantes: AHUMADA - COOK - SACCO
Si bien es cierto no se proveyo la demanda, puede correr si acreditamos debidamente los factores que darían sustento a la ecuación que permita determinar el quantum de la prestación alimentaria reconocida, etc.....
 #805759  por Mordisco
 
En nación se ha resuelto conveniente que entienda un juez con competencia exclusiva en asuntos de familia en el juicio de desalojo por vencimiento de comodato, si el inmueble cuya restitución se pretende se encuentra habitado por un menor, hijo del accionante. (EDOLLA c/MEONIS s/DESALOJO - Nº Sent.:136454 - Civil - Sala H - 28/12/1994)

En provincia, por otro lado, se ha resuelto que es competente el Juez en lo civil y comercial y no el Tribunal de Familia, para seguir entendiendo en la demanda por desocupación de un inmueble, pese a la excepción de incompetencia de la legitimada pasiva fundada en que el inmueble es el domicilio de la hija en común de una unión concubinaria concluida con el actor, resultando el uso del mismo parte del aporte de alimentos para ésta, por lo que su modificación implicaría un cambio en la cuota alimentaria, ya que la competencia del fuero de familia está determinada en el art. 827 del CPC y no puede extenderse a otros supuestos que no se encuentren taxativamente enunciados en el mismo. (Ver sumario Nº B39110)
 #903899  por NAILA
 
Hola tengo un caso parecido y no se para donde salir: un matrimonio se divorcia y el asiento del hogar conyugal era una casa que les habian dado los suegros de la mujer, esa casa era al lado de la casa de los sugeros, razon por la que la mujer al divorciarse decide irse del inmueble a alquilar con el hijo menor de ambos, actualmente se hace practicamente imposible pagar el alquiler a la mujer, pese a que le pasa la cuota alimentaria no le alcanza para cubrir ese gasto, más haya de que ella trabaja, esa casa en la actualidad está deshabitada, hay alguna posibilidad de reclamar algo respecto de la casa, pese a que la escritura esta a nombre de los suegros y la sociedad conyugal ya está disuelta???????????
 #956902  por anasss
 
HOLA COLEGAS!!! ME HA LLEGADO UN CASO IGUAAL!! COMO LO RESOLVIERON????
 #1021828  por "doctoraZA"
 
hola increible justo mi caso con una variante aca NO HAY HIJOS... la mujer metio una exclusion del hogar en el tribu flia de pcia para apretar al marido con dinero la estartegia es plantear un desalojo iniciado por este y un hno toda vez que el bien no es propio esta a nombre del causante se inicio sucesion ( aunq no esta terminada) lei por ahi que eso alcanza para demostrar el caracter de heredero aunque no haya declaratoria.... BIEN QUE OPINAN PROSPERARA??? ES ALGO URGENTE GRACIAS.- *leo*
 #1043131  por lorena30
 
buenas noches tengo un caso similar al publicado en el foro del mes de febrero, se separaron y la conyuge presento un desalojo en el tribunal de familia y mi cliente sin conocimiento firmo en consentimiento en desalojo y se fue. q se puede hacer???