Estimado foristas.
Me acaba de llamar la esposa de un cliente que se jubiló hace unos meses, muy afligida porque recibió una carta de su Obra social, en donde tiene como adherente hace muchos años a su marido, donde le dicen que "se ven en la obligacion legal de otorgarle la baja como beneficiario" por estar recibiendo beneficio jubilatorio y que en tal carácter resulta afiliado titular en el pami.
El señor esta MUY enfermo y sería gravosísimo para él cambiar de médicos y sanatorios justo en este momento.
Les pido consejo para ver como actuar. En que normativa basarme, etc.
Yo estoy casi segura de que uno tiene derecho a optar por la Obra social que tenía anteriormente, pero quiero tenerlo bien fundado.
La obra social que tienen es OSPOCE
Muchisimas gracias
Me acaba de llamar la esposa de un cliente que se jubiló hace unos meses, muy afligida porque recibió una carta de su Obra social, en donde tiene como adherente hace muchos años a su marido, donde le dicen que "se ven en la obligacion legal de otorgarle la baja como beneficiario" por estar recibiendo beneficio jubilatorio y que en tal carácter resulta afiliado titular en el pami.
El señor esta MUY enfermo y sería gravosísimo para él cambiar de médicos y sanatorios justo en este momento.
Les pido consejo para ver como actuar. En que normativa basarme, etc.
Yo estoy casi segura de que uno tiene derecho a optar por la Obra social que tenía anteriormente, pero quiero tenerlo bien fundado.
La obra social que tienen es OSPOCE
Muchisimas gracias
