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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #815490  por lex30
 
HOLA. Tengo una clienta que tiene un retiro de la PFA y ahora quiere tramitar una jubilacion ante anses, segun lo que entiendo deberia hacerle un sicam por periodos que no se puperpongan y pagar al contado no?
Porque la Sra. ma trajo un volante de un estudio que dice que teniendo aportes o no sin pagar nada le otorgan el beneficio.
Me aclaran la situacion por favor???
Muchas gracias.
 #815905  por SANTI07
 
lex30 escribió:HOLA. Tengo una clienta que tiene un retiro de la PFA y ahora quiere tramitar una jubilacion ante anses, segun lo que entiendo deberia hacerle un sicam por periodos que no se puperpongan y pagar al contado no?
Porque la Sra. ma trajo un volante de un estudio que dice que teniendo aportes o no sin pagar nada le otorgan el beneficio.
Me aclaran la situacion por favor???
Muchas gracias.
No importa si se superponen los servicios, ya que podria haber tenido actividades paralelas. Podes hacer SICAM por los periodos que necesites, pero al momento de iniciar tenes que llevar una constancia de la caja de policia donde certifiquen que para el retiro policial no se tuvieron en cuenta servicios de caracter civil, ademas tiene que presentar los ultimos 6 recibos del retiro y un informe de la caja que diga a cuanto asciende el haber de retiro del maximo cargo en esa fuerza.
A raiz de una ultima circular que creo que es del año pasado, ademas te van a pedir una constancia en donde la policia certifique que el titular habia solicitado "autorizacion" para ejercer otra actividad. Esto es en funcion del caso Chaca. No se para el caso de policias, pero si me consta que en la ley para el personal militar 19101 se determina esta obligacion de pedir autorizacion, fijete el art. 7 inc. 5.
 #815915  por lex30
 
muchas gracias por la informacion, ahora el tema del sicam tiene que estar cancelado al contado, no?
gracias.
 #815917  por soloiure
 
Sí Lex, debes cancelar la deuda de contado. Por las dudas te comento tambien que PFA no está entregando las notas de autorización para que se desempeñaran paralelamente, tal cual lo exige la GP67/11. En el Dpto Central de la calle Moreno te dicen que dejes la Nota de pedido por Mesa de entradas, mientras que en la div de Jubilaciones y pensiones te dicen que enviaron una consulta a Juridicos para que les responda con que formalidades expedir la constancia, sin que hasta ahora tengan respuesta...por eso, cuidado! tratá de obtener primero esa autorización y una vez que la tenés recien entonces la haces pagar. Suerte!
 #815953  por mariana080280
 
yo tambien tengo un cliente que es retirado le liquide el sicam el año pasado y le dio una deuda de alrrededor de $11.000, le dije (que es lo que tenia conocimiento que deberia cancelarla) esta juntando la plata pero vino un compañero diciendole que se jubilo por anses y no pago un peso. me estoy perdiendo de algo? ah cambios. por lo que lei en el foro no pero ahora leo lo del folleto ese que mencionaron. que saben ustedes al respecto?
 #815981  por lex30
 
gracias.
si, a mi me dijeron lo mismo que no le hicieron pagar nada a unas companeras y ademas me da ese folleto.
 #816389  por rpupy
 
si a mi tamb me habia llegado ese comentario hacee unos cuantos mesess...
que en capital jubilaban a los que tenian retiro de la Policia ,,,,sin pagar nada de contadoo!!!
es decir q se lo iban descontando como a cualquier ama de casa...!!

alguien sabe algo al respecto o alguien tiene un caso de estoss!!???
saludoss