Pandilla escribió:EEEEHHHHH.....QUE HORROR: "....05/10/2007".....
Por ahí, me equivoco, pero creo que estamos en el año 2012...........
Ay Pandilla, qué más dá el año, lo importante es fundamentar la pretensión solicitada.
El querellante, en una reacción humana muchas veces entendible, busca revancha tratando de imponer penas por anticipado, entre ellas una inhabilitación para conducir. Entonces, será deber del letrado advertirle a su cliente de las dificultades de imponer tal medida y, en caso de que logre imponerla, del peligro que podría resultar si el imputado es sobreseído (los daños y perjuicios que comentó EGT).
Pero recordá que las medidas cautelares se imponen: las personales, básicamente, para evitar el entorpecimiento de la investigación, para asegurar la sujeción del imputado a la instrucción y su presencia ante el tribunal que lo juzgará; y las reales, para asegurar una posible futura condena pecuniaria y las costas, y no se ve con claridad cuál es la finalidad cautelar de impedir la conducción al imputado. Solo parece una pena por anticipado.
Las dos posturas fueron expuestas, ahora será cada quien para defenderla según la "necesidad" del cliente.
Saluditos.