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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #826556  por Skull
 
Estimados colegas, tengo una duda y espero que puedan darme una mano porque no se como proceder con el siguiente tema. Se trata de un divorcio en el que estoy interviniendo, yo voy por el marido. La cuestión es que, previo a iniciarse el juicio de divorcio, se solicita una medida de exclusión de hogar contra mi cliente en el año 2009 aproximadamente. Sin embargo la casa de la cual se excluye a esta persona, es de su propiedad (aclaro que no hay hijos menores ni discapacitados). Es decir, que la esposa de mi cliente habita este inmueble desde ese momento ya que el señor referido jamas le quiso hacer ningún problema por el inmueble. Recientemente se entero de un supuesto traslado de los muebles de la casa a otro lugar, muebles que son gananciales. Mi duda es como proceder para recuperar el uso y goce de la propiedad. ¿Inicio reivindicación sobre la misma o espero a la liquidación de la sociedad conyugal?¿ Se puede reivindicar contra un cónyuge? Cualquier ayuda de colegas con mas experiencia será muy apreciada. Muchas gracias
 #826684  por legalescom
 
Si la mujer se fué o está por irse, dado que habría trasladado los bienes muebles, en cuanto quede sola la propiedad, que la ocupe, después disctuten todo lo que quieran.
 #827416  por Cecilia1964
 
Creo q es lo mejor que le puede suceder al cliente... q la ex se retire de su propiedad!! En todo Divorcio se gana y se pierde .. Porque no le explicas a tu cliente que esto es normal?
Una vez q la mujer se retire que cambie cerraduras y disfrute de su bien...
Normalmente estaria viendo como sacarla con una exclusion que si la señora no tiene donde ir por ahi se le haria pesadita... No se, disculpa, pero deberia estar contento...
 #828769  por Skull
 
Muchas gracias a los colegas opinantes. Me parece que no me di a entender bien con la pregunta. La cuestión es en este caso, que la contraria se encuentra trasladando los bienes muebles a otro lugar, o sea tratando de ocultarlos me parece, pero no tiene planeado abandonar el inmueble. Persiste en la idea de continuar en su uso y goce. Por eso preguntaba cuales serian los pasos a seguir para recuperar la propiedad. Con los bienes muebles me parece que podría pedir una cautelar de inventario para individualizar dichos bienes. Opiniones? Muchas Gracias.
 #840666  por bogalp
 
Pienso que una cautelar para hacer inventario es una buena opción.
Con respecto a la permanencia de la cónyuge en el bien propio de tu cliente -descarto que ya probaste extrajudicialmente con el abog de la contraparte- lo que haría es denunciar la situación en el expediente y - en caso de que la cónyuge se oponga a dejar el inmueble- solicitar se fije un canon a favor de tu cliente. No recuerdo el art. pero sé que el Código otorga la posibilidad al juez de fijar un canon a favor del propietario del inmueble. De todos modos te recomiendo lo hables en el Juzgado/Tribunal, antes de hacer la presentación.
 #840667  por bogalp
 
Perdón, acabo de leer que la publicación es de abril, quizás lo hayas resuelto de otra forma.
 #840777  por Tiburcio
 
Me parece que se podría intimar a la esposa para que pague un canon por la ocupación y paralelamente pedir autorización judicial para venderlo. Todo esto es independiente del juicio de divorcio. Respecto a los muebles, inventariarlos ahora.
 #875808  por Cecilia Pacheco
 
Hola a todos nuevamente.... tengo un asunto similar con un Divorcio en tramite recien iniciado, con hijos todos mayores de edad y una separacion de hecho de aprox. 12 años, pero bueno mi cliente (el titular de la casa) quiere recuperar su inmueble que es un Bien Propio... mi idea es hacer una Reivindicatoria ya que el Desalojo contra la ex esposa no prosperaria ya que ella no reune los requisitos para ser demandada.. Estoy en lo correcto??? Bueno si alguien le paso y tiene algun modelito para pasar les estaré muuuuyyyyyy agradecida!!!!!!!!!!! El inmueble esta en Ramos Mejia y el Divorcio tramita en La Matanza...
Gracias y espero respuestasssss..............
 #876342  por Tiburcio
 
El bien propio lo recuperará una vez que esté disuelta la sociedad conyugal. Mientras tanto la única acción que tiene el señor es pedir la fijación de un canon por la ocupación por parte de la esposa.
 #877185  por Cecilia Pacheco
 
Gracias Tiburcio!!! Pero yo creo que no obstante puedo ir pidiendo paralelamente la reivindicatoria ya que es un Bien propio no hay hijos menores ni discapacitados a cargo... vos porque decis que solo puedo pedir canon locativo??? vos decis que porque fue sede de hogar conyugal??? Igual te agradezco por tu aporte, voy a darle velocidad mientras al Divorcio y voy viendo como encaro el tema de la casa....
Un saludo
 #877237  por Tiburcio
 
CC Art. 1.299. Decretada la separación de bienes, queda extinguida la sociedad conyugal. Cada uno de los integrantes de la misma recibirán los suyos propios, y los que por gananciales les correspondan, liquidada la sociedad.
Art. 1.317. Tendrá lugar la restitución de los bienes dotales en los mismos casos en que cesa la comunidad de los adquiridos durante el matrimonio, y en el caso de separación judicial de bienes, sin divorcio.