Buenas tardes,
Si me pueden dar una mano de cómo seguir,
Es una sucesión en Provincia Bs. As. Ya esta dictada la declaratoria de Herederos. Las herederas son dos hijas y la esposa del causante. El acervo lo conforma un inmueble que era de la sociedad conyugal y otro que era propio del causante.
La esposa del causante me plantea lo siguiente, quiere inscribir un bien inmueble a cada una de las hijas. Los valores de estos inmuebles son diferentes pero ellas están de acuerdo.
AHORA BIEN, mi pregunta es la siguiente:
Tendría que ir ante un escribano para que se puedan ceder esos derechos???
Sobre el bien de la sociedad conyugal, una de las hijas, “A” tiene que ceder su parte hereditaria a la otra “B” y además la madre (esposa del causante y dueña del otro 50% del bien) debería donar su parte a “B” dejando constancia que “A” acepta esa donación y nada reclamara.
Después con el otro bien que era propio del causante, tendría que “B” y su madre cede su parte hereditaria a “A”, también dejando constancia que “B” nada le reclamara por la cesión que haya recibido de su madre…..
No se si me explico, es sencillo pero a la vez difícil y complicado de plasmar…
Después tendría que presentar esto en el expediente para solicitar que se inscriba de esta manera????
Se hace así?? O hay otro forma??
Otra consulta: después de que resuelva esto, el proceso sigue con el pago de la tasa, sobretasa, honorarios…y luego inscripción?? O hay algo??
Gracias!!!
Si me pueden dar una mano de cómo seguir,
Es una sucesión en Provincia Bs. As. Ya esta dictada la declaratoria de Herederos. Las herederas son dos hijas y la esposa del causante. El acervo lo conforma un inmueble que era de la sociedad conyugal y otro que era propio del causante.
La esposa del causante me plantea lo siguiente, quiere inscribir un bien inmueble a cada una de las hijas. Los valores de estos inmuebles son diferentes pero ellas están de acuerdo.
AHORA BIEN, mi pregunta es la siguiente:
Tendría que ir ante un escribano para que se puedan ceder esos derechos???
Sobre el bien de la sociedad conyugal, una de las hijas, “A” tiene que ceder su parte hereditaria a la otra “B” y además la madre (esposa del causante y dueña del otro 50% del bien) debería donar su parte a “B” dejando constancia que “A” acepta esa donación y nada reclamara.
Después con el otro bien que era propio del causante, tendría que “B” y su madre cede su parte hereditaria a “A”, también dejando constancia que “B” nada le reclamara por la cesión que haya recibido de su madre…..
No se si me explico, es sencillo pero a la vez difícil y complicado de plasmar…
Después tendría que presentar esto en el expediente para solicitar que se inscriba de esta manera????
Se hace así?? O hay otro forma??
Otra consulta: después de que resuelva esto, el proceso sigue con el pago de la tasa, sobretasa, honorarios…y luego inscripción?? O hay algo??
Gracias!!!