Buenas tardes a todos, escribo para ver si alguien me puede dar una mano con una contestación.
La cuestión es la siguiente, inicié una división de condominio y al presentarse el demandado opone excepción por incompetencia. El inmueble se encuentra en otro partido, pero el domicilio de los copropietarios está dentro del partido judicial en el que inicié la división.
Entiendo que debería haberlo iniciado allá, pero por diversas cuestiones no lo hice. Tengo que contestar la excepción y no encuentro argumentos sólidos para hacerlo. Me vendría bien si alguien conoce alguna jurisprudencia que haga lugar a la competencia del lugar del domicilio de los condóminos y no al lugar en donde se encuentra el inmueble. La división de condominio la inicie conjuntamente con un cobro de pesos por expensas, impuestos y demás que afrontó mi cliente.
Agradezco sus opiniones al respecto!
La cuestión es la siguiente, inicié una división de condominio y al presentarse el demandado opone excepción por incompetencia. El inmueble se encuentra en otro partido, pero el domicilio de los copropietarios está dentro del partido judicial en el que inicié la división.
Entiendo que debería haberlo iniciado allá, pero por diversas cuestiones no lo hice. Tengo que contestar la excepción y no encuentro argumentos sólidos para hacerlo. Me vendría bien si alguien conoce alguna jurisprudencia que haga lugar a la competencia del lugar del domicilio de los condóminos y no al lugar en donde se encuentra el inmueble. La división de condominio la inicie conjuntamente con un cobro de pesos por expensas, impuestos y demás que afrontó mi cliente.
Agradezco sus opiniones al respecto!