Hola chicos una pregunta, resulta que tengo un cliente que cobraba por quincena, pero trabajabo todo el mes. El patrón le entregaba solamente un recibo de sueldo(de la primer quincena) y los otros nunca se los dío.- Despues lo despide sin causa. Mi duda es cómo calcula en este caso conforme al 245 LCT? (2 años de antiguedad tiene) sería el mejor sueldo de la quincena por los 2 años?(Poruqe me da re poco) Y el resto? reclamo indemanización por art 1 ley 25323? O qué me aconsejan? desde ya muchas gracias y necesito presentar antes que termine el año!!!
docmariel