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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #78220  por marisa99
 
No tengo experiencia en el Derecho Laboral, y por eso esta duda:
Cuando se produce un despido en época de licencia médica por accidente de trabajo: Los salarios que se deben pagar según el art. 213 de la L.C.T. deben ser abonados por el ex empleador o por la A.R.T.?
Y, además, el pago de esos salarios es independiente al pago previsto por el art. 13 inc. 1 de la 24.457 (Prestac. por I.L.T.)?
Gracias. :lol:
 #79489  por montero clara
 
marisa99 escribió:No tengo experiencia en el Derecho Laboral, y por eso esta duda:
Cuando se produce un despido en época de licencia médica por accidente de trabajo: Los salarios que se deben pagar según el art. 213 de la L.C.T. deben ser abonados por el ex empleador o por la A.R.T.?
Y, además, el pago de esos salarios es independiente al pago previsto por el art. 13 inc. 1 de la 24.457 (Prestac. por I.L.T.)?
Gracias. :lol:
mira, paga el que despide, y sigue bajo guarda de la art, hasta que cese la ilt.
 #79493  por marisa99
 
montero clara escribió:
marisa99 escribió:No tengo experiencia en el Derecho Laboral, y por eso esta duda:
Cuando se produce un despido en época de licencia médica por accidente de trabajo: Los salarios que se deben pagar según el art. 213 de la L.C.T. deben ser abonados por el ex empleador o por la A.R.T.?
Y, además, el pago de esos salarios es independiente al pago previsto por el art. 13 inc. 1 de la 24.457 (Prestac. por I.L.T.)?
Gracias. :lol:
mira, paga el que despide, y sigue bajo guarda de la art, hasta que cese la ilt.
gracias, clara