En un expediente en Capital abrieron a prueba la causa y luego proveyeron las pruebas de ambas partes. Al rechazar una oposición de mi parte, el juzgado ordenó librar un oficio solicitado por la demandada. El auto que ordena el libramiento es de fines de mayo. Hasta ahora la otra parte no ha acreditado el diligenciamiento del oficio, ni solicitado se libre oficio reiteratorio. La pregunta es : ¿cuándo puedo solicitar la negligencia de esta prueba?
Agradezco cualquier ayuda
Agradezco cualquier ayuda