Hola a todos, tengo una consulta de derecho procesal, espero hacerla en el foro correcto.
La consulta es la siguiente: Tengo una demanda por daños y perjuicios y un beneficio de litigar sin gastos. En la demanda por daños tengo pendiente el diligenciamiento de un oficio al Registro de la Propiedad Automotor a fin de determinar la identidad de uno de los demandados. El punto es que en el beneficio de litigar sin gastos me designaron audiencias testimoniales para el día miércoles. Recién me doy cuenta hoy del problema (o no). El punto es que como todavía no tengo determinados a la totalidad de los demandados en los autos principales, no debería pedir la suspensión de la audiencia testimonial (que se realiza en un Juzgado de Paz) del beneficio de litigar sin gastos hasta tanto se determine si hay otro demandado en las actuaciones principales???? o debo seguir como si no pasara nada con el beneficio y en caso de tener que notificar a un nuevo demandado correrle vista de las audiencias producidas????? si alguien me ayuda agradeceré profundamente. El lunes a primera hora debo resolverlo. ja y hoy, durmiendo, me doy cuenta del inconveniente. Tengo miedo de producir las testimoniales del beneficio y luego, si debo correrle traslado a un nuevo demandado me plantee la nulidad de dicha prueba toda vez que no pudo fiscalizarla correctamente.
gracias!
La consulta es la siguiente: Tengo una demanda por daños y perjuicios y un beneficio de litigar sin gastos. En la demanda por daños tengo pendiente el diligenciamiento de un oficio al Registro de la Propiedad Automotor a fin de determinar la identidad de uno de los demandados. El punto es que en el beneficio de litigar sin gastos me designaron audiencias testimoniales para el día miércoles. Recién me doy cuenta hoy del problema (o no). El punto es que como todavía no tengo determinados a la totalidad de los demandados en los autos principales, no debería pedir la suspensión de la audiencia testimonial (que se realiza en un Juzgado de Paz) del beneficio de litigar sin gastos hasta tanto se determine si hay otro demandado en las actuaciones principales???? o debo seguir como si no pasara nada con el beneficio y en caso de tener que notificar a un nuevo demandado correrle vista de las audiencias producidas????? si alguien me ayuda agradeceré profundamente. El lunes a primera hora debo resolverlo. ja y hoy, durmiendo, me doy cuenta del inconveniente. Tengo miedo de producir las testimoniales del beneficio y luego, si debo correrle traslado a un nuevo demandado me plantee la nulidad de dicha prueba toda vez que no pudo fiscalizarla correctamente.
gracias!
Verito