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 #877006  por gabrielscarzo
 
Hola, necesitaría si alguien me puede dar una mano, ya que este es mi primer caso y tengo algunas dudas.
El tema es que mi cliente, de 30 años, circulando en moto (110cc) es envestida por un auto en una esquina, mi cliente tenia la derecha. Resultado pierna fracturada en dos, brazo quebrado, 14 puntos de sutura en el rostro( no tenia casco)..... hasta aca todo claro, pero el problema es que mi clienta no tiene registro de conducir!!!
Aun no he realizado ningun tramite ante la aseguradora del automotor por ese tema. Estará todo perdido? plantearan culpa concurrente?

Muchas gracias
 #877175  por gusgus
 
entiendo que la falta de registro no es impedimento para el reclamo...



La falta de registro para conducir, no es determinante en la atribución de responsabilidad, por cuanto si bien su tenencia crea una presunción de idonedidad en la conducción, su carencia, no se erige en regla absoluta en sentido contrario, pues a lo sumo, se estaría frente a una falta administrativa y nada más.




CC0000 DO 85000 RSD-182-7 S 14-8-2007 , Juez HANKOVITS (SD)







CARATULA: Morales Juan Oscar c/ Municipalidad de Chascomús s/ Daños y Perjuicios
MAG. VOTANTES: Hankovits-Dabadie



Con referencia a la carencia de registro habilitante vigente para conducir el locomóvil de parte del chofer del Ford - falta también imputable a la motociclista-, y aún participando de la tesis que no pueden soslayarse las reglamentaciones que establece el código de la materia en lo que hace a su obligatoriedad para circular y que deben ser consideradas junto con otras circunstancias, no se probó que esa ausencia obrara como uno de los factores desencadenantes del evento y relevante - decisivo como pondera el juez de mérito sin crítica certera - como eventual elemento de interrupción causal entre el riesgo de la cosa y el daño invocado.




CC0001 QL 2282 RSD-62-99 S 5-8-1999 , Juez BUSTEROS (SD)







CARATULA: Dostal Lorena c/ Sandoval Florencia s/ Daños y Perjuicios
MAG. VOTANTES: Busteros - Celesia - Señaris.



Toda vez que el motociclo conducido por la víctima tenía prioridad de paso respecto al colectivo y que no se ha acreditado que circulara imprudentemente o a velocidad excesiva, ni que ninguna de las circunstancias anteriormente aludidas; falta de registro de conductor, minoría de edad (20 años), falta de freno en rueda delantera (los de la trasera funcionaban perfectamente) ni el hecho de haber embestido con su frente al otro rodado hayan tenido por consecuencia una influencia respecto a la provocación del siniestro en la forma que sucediera ni una relación causal con el mismo mayor que la estimada (arts. 1111, 1113 y concds del Código Civil, 375, 384 y concds del CPC).

CCI Art. 1111 ; CCI Art. 1113 ; CPCB Art. 375 ; CPCB Art. 384




CC0001 QL 8731 RSD-99-6 S 12-12-2006 , Juez CELESIA (SD)







CARATULA: Rivero, Francisca c/ Maggio, Daniel Osvaldo y otro s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Busteros-Celesia
 #877180  por leonardobt
 
gabrielscarzo escribió:Hola, necesitaría si alguien me puede dar una mano, ya que este es mi primer caso y tengo algunas dudas.
El tema es que mi cliente, de 30 años, circulando en moto (110cc) es envestida por un auto en una esquina, mi cliente tenia la derecha. Resultado pierna fracturada en dos, brazo quebrado, 14 puntos de sutura en el rostro( no tenia casco)..... hasta aca todo claro, pero el problema es que mi clienta no tiene registro de conducir!!!
Aun no he realizado ningun tramite ante la aseguradora del automotor por ese tema. Estará todo perdido? plantearan culpa concurrente?

Muchas gracias
Me dedico a accidentes de transito hace muchos años y tenes un caso que es la envidia de cualquier accidentologo. Ni te preocupes por el tema del registro, olvídate. No hagas ni mención y avanza rápido porque lo van a tentar de muchas formas para captarlo (incluso desde la policia, si es necesario con amenazas). Si el cliente confía en vos aseguralo iniciando mediación urgente, en el interin recopilas lo necesario. Lo fundamental lo tenes, el ingreso al hospital y la existencia de historia clínica. Luego pedile cédula verde (si reclamas daños materiales en nombre del titular en caso de que no sea lesionado).
En capital avanza mas rapido pero las pericias medicas son mas exigentes (ademas muchos juzgados ordenan Estudios en Htales Publicos sin admitir nada privado). Si lo podes aguantar en Provincia (no se donde ocurrió el accidente) mejor todavía. Si es un buen seguro tenes en pocos meses para cobrar arriba de $100.000.- si es malo tendras que avanzar pero vas a cobrar siempre por encima de esa cifra (la diferencia es que con un buen seguro trabajas menos y cobras mas rapido).
No desperdicies lo que tenes negociandolo extrajudicialmente, porque vas a sacar un 20% de lo que vas a sacar en un juicio. Si es en Lomas de Zamora anda descorchando. Olvidate de la licencia de conductor solo dara lugar a una multa en el peor de los caso pero ni lo menciones en ninguna oportunidad (no es atribuyente de responsabilidad).
 #878452  por gabrielscarzo
 
Muchas gracias a todos.... Ya arranque, y le voy a meter para adelante segun sus opiniones.... Mañana sale un medida preliminar al hospital para la historia clinica.... gracias por su ayuda, me ha servido muchismo, y sobre todo a tomar el rumbo correcto Saludos!!!