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  • Decreto 460/99 Pensión

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #882877  por cristiane
 
Hola a todos, despues de haber leido el decreto 460/99, no he logrado encuadrar a mi cliente en ninguno de sus supuestos.
Les comento la señora quiere cobrar la pensión del marido, el cual fallecio el 10/2010, y su último aporte fue el 10/2008.
Este hombre aportó desde 08/2002 a 10/2008, mas 5 meses en 1993.

Por lo que leyendo la circular dentro de los últimos 36 meses antes del fallecimiento, solo tiene aportado 12 meses, lo cual no encuadra en ningún supuesto.

Lo único que se me ocurre es,
"... 3. Los períodos exigidos en los apartados precedentes se reducirán a DOCE (12) meses dentro de los SESENTA (60) meses anteriores a la fecha de la solicitud del retiro por invalidez o a la fecha de fallecimiento del afiliado en actividad, cuando el afiliado en relación de dependencia o autónomo no alcanzare el mínimo de años de servicio exigido en el régimen común o diferencial en que se encuentre incluido para acceder a la jubilación ordinaria, siempre que acredite al menos un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de dicho mínimo y el ingreso de las cotizaciones correspondientes..."

Pero para reunir este 50% (osea 15 años), puedo recurrir a la moratoria?, eso no me quedó claro...
Porque este hombre sumando sus aportes y con la moratoria sumo 24 años de aportes.
De no poder realizarlo asi, no veo la forma de que se de esta pensión...
Agradeceria mucho sus comentarios, desde ya muchas gracias...Saludos.
 #882945  por hugo2
 
cristiane escribió:Hola a todos, despues de haber leido el decreto 460/99, no he logrado encuadrar a mi cliente en ninguno de sus supuestos.
Les comento la señora quiere cobrar la pensión del marido, el cual fallecio el 10/2010, y su último aporte fue el 10/2008.
Este hombre aportó desde 08/2002 a 10/2008, mas 5 meses en 1993.

Por lo que leyendo la circular dentro de los últimos 36 meses antes del fallecimiento, solo tiene aportado 12 meses, lo cual no encuadra en ningún supuesto.

Lo único que se me ocurre es,
"... 3. Los períodos exigidos en los apartados precedentes se reducirán a DOCE (12) meses dentro de los SESENTA (60) meses anteriores a la fecha de la solicitud del retiro por invalidez o a la fecha de fallecimiento del afiliado en actividad, cuando el afiliado en relación de dependencia o autónomo no alcanzare el mínimo de años de servicio exigido en el régimen común o diferencial en que se encuentre incluido para acceder a la jubilación ordinaria, siempre que acredite al menos un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de dicho mínimo y el ingreso de las cotizaciones correspondientes..."

Pero para reunir este 50% (osea 15 años), puedo recurrir a la moratoria?, eso no me quedó claro...
Porque este hombre sumando sus aportes y con la moratoria sumo 24 años de aportes.
De no poder realizarlo asi, no veo la forma de que se de esta pensión...
Agradeceria mucho sus comentarios, desde ya muchas gracias...Saludos.
Y vos que opinas ??????????
 #882982  por sutriz
 
Buenas noches
Si tenés los 12 meses (aportados dentro del mes de vencimento), completa los quince años con moratoria- irregular con derecho. Además, al estar inscripto antes del 07/94, no necesita haber cumplido con la obligatoriedad del Examen Médico para Trabajadores Autónomos.
Saludos
 #883004  por hugo2
 
sutriz escribió:Buenas noches
Si tenés los 12 meses (aportados dentro del mes de vencimento), completa los quince años con moratoria- irregular con derecho. Además, al estar inscripto antes del 07/94, no necesita haber cumplido con la obligatoriedad del Examen Médico para Trabajadores Autónomos.
Saludos
Donde dice que esta inscripto antes del 07/94 ??????????????
 #883023  por danilo11980
 
si podes, completa con la moratoria solo hasta llegar a los quince años de aportes, si tiene incricpcion en autonomos te sale al toque, si no tiene inscripcion la anses te denegara y luego lo ganas via recurso carrs. Si no tiene incripcion autonoma ojo con los beneficios¡¡¡
 #883031  por sutriz
 
Hola
Deduzco que esta inscripto antes del 07/94 de lo que lo que nos escribe cristiane: Este hombre aportó desde 08/2002 a 10/2008, "mas 5 meses en 1993".
Saludos
 #883038  por hugo2
 
sutriz escribió:Hola
Deduzco que esta inscripto antes del 07/94 de lo que lo que nos escribe cristiane: Este hombre aportó desde 08/2002 a 10/2008, "mas 5 meses en 1993".
Saludos
No dice nada de autonomos.
 #883115  por cristiane
 
Hola muchas gracias por sus respuestas y pido perdon por haberme expresado mal, los aportes que tiene son en relación de dependencia, no autonomos, debí haberlo aclarado, disculpas.
En cuanto a que pienso yo..., yo habia llegado a la conclusión que la única salida que tengo es pagar la moratoria hasta llegar a los 15 años.
Pero en base a las respuestas las cuales agradezco mucho, si lo hago por moratoria, va a salirme denegado y tengo que recurrir a la carss para que me otorguen esta pensión.
Muchas gracias a todos los foristas, y disculpas nuevamente por no aclarar el caracter de los aportes.Saludos
 #883117  por cristiane
 
Danilo no entendí la parte que me decis "si no tiene inscripción de autónomo, ojo con los beneficios", yo pensaba comprarle años de los mas baratos, para completar los 15 años, y no aplicar ningún beneficio...gracias por tu respuesta...
 #883136  por diegomdp
 
ven como alguien leyendo lo basico puede sacar el tema adelante ya tiene la respuesta y esta bien encaminado, obviamente le falta la sintonia fina para saber porque llega ahi y como armar el recurso para la carss en que fundamentarlo, es decir te faltaria conocer, la resolucion 319/06 la circualr gp 07/07 si queres el dictamen gaj 30593 y alguna resolcion de la carss donde acuerdan estos beneficios o similares por no tener afiliacion.con eso tendrias motivo de denegatoria y motivo de acordatoria por la carss, pero bueno esto se aprende con el tiempo pero para empezar esta bien ojala todos los improvisados que preguntan tantas boludeces siguieran tus pasos.

saludos
 #892979  por cristiane
 
Hola nuevamente gracias por sus respuestas.
La viuda me trajo la clave fiscal, ingrese para realizar el sicam, y me encontré con mi primer duda: al cargar los datos personales, fecha de nac, fallecimiento, en donde dice prestación debo poner PENSION no?(porque como estoy en el sicam del fallecido, me entró la duda si es pensión o jubilación).
Ya elegí los periodos mas baratos para cargar en situación de revista y comprarle los años faltantes para completar los 15 años.
En el sicam no hay ningún dato de afiliación, pero entre en la pagina de anses en el padron histórico de autonomos y me encuentro con que esta persona estuvo afiliada en el año 1983 cod. de actividad 706. Primero me puse contento porque al estar afiliado, no tendrian que denegarme la pension, pero yo no tengo ningún documento que avale esta inscripción..., de repente estoy confuso...voy a seguir leyendo...quizás todo sea mas facil de lo que pienso.
Y una última duda, que no he podido encontrar, pero yo supongo que una vez completo el sicam tengo que pagar unicamente la primera cuota de la moratoria, verdad?
Desde ya muchas gracias y voy a seguir leyendo, saludos
 #893037  por arielruiz86
 
cristiane escribió:Hola nuevamente gracias por sus respuestas.
La viuda me trajo la clave fiscal, ingrese para realizar el sicam, y me encontré con mi primer duda: al cargar los datos personales, fecha de nac, fallecimiento, en donde dice prestación debo poner PENSION no? Si (porque como estoy en el sicam del fallecido, me entró la duda si es pensión o jubilación).
Ya elegí los periodos mas baratos para cargar en situación de revista y comprarle los años faltantes para completar los 15 años.
En el sicam no hay ningún dato de afiliación, pero entre en la pagina de anses en el padron histórico de autonomos y me encuentro con que esta persona estuvo afiliada en el año 1983 cod. de actividad 706. Primero me puse contento porque al estar afiliado, no tendrian que denegarme la pension, pero yo no tengo ningún documento que avale esta inscripción... (si lo tenes: la misma impresión del telex o pantalla de la pag del anses o PHA que dicho sea de paso debe estar incorporado o relacionado al sicam del difunto, es lo que se llama asociacion de cuenta, Res 555), de repente estoy confuso...voy a seguir leyendo...quizás todo sea mas facil de lo que pienso.
Y una última duda, que no he podido encontrar, pero yo supongo que una vez completo el sicam tengo que pagar unicamente la primera cuota de la moratoria, verdad?
Desde ya muchas gracias y voy a seguir leyendo, saludos
En el derecho previsional debes conjugar o relacionar todas las variables o preceptos.
 #893041  por marita12
 
Entonces tiene afiliación, te lo va a otorgar la Udai sin problema.
En el SICAM tenés que poner que es PENSIÓN como bien decís.
Saludos cordiales, Marita
 #893217  por cristiane
 
Gracias nuevamente por responder, asique, lo que haré ahora, es solicitar en afip asociación de cuenta con el formulario 460/F, y espero 72hs hasta que solitos se carguen en el sicam, asi sabré que años o meses este hombre aportó como autónomo, y luego completaré el resto con la moratoria, mas adelante veré si completo los años con su misma categoria o la completo con la categoria de albañil que es mas barata.
Desde ya muchas gracias, y les voy contando como avanzo con el tema.
Gracias nuevamente a todos...