Colegas, les consulto por una situacion, por ahi es comun pero nunca antes la habia escuchado, una señora otorgo poder a una abogada para que inicie la sucesion de su marido fallecido y para que cuando ella fallezca inicie la de ella, es posible esto? nunca lo habia escuchado, la señora esta muy grave y los 3 herederos me comentan que van a iniciar la sucesion con esa abogada porque ella tiene poder general otorgado por su abuela.
Andrea: lo primero, que esta persona otorgó poder para representarla en la sucesión de su marido, es correcto ya que la ley 10.996, de ejercicio de la procuración ante los tribunales nacionales, establece que la representación en juicio sólo puede ser ejercitada por abogados, por procuradores o por escribanos que no ejerzan la profesión de tales, y por los representantes legales. Lo segundo opino que nó ya que fallecido el poderdante se cae el poder y el mandato otorgado.
Pero la respuesta o solución es más simple, a la sucesión son llamados y son parte, los herederos y quienes tienen vocación hereditaria, éstas personas son los legitimados para abrir la sucesión del causante, me resulta hasta cómico pensar que el causante abra su propia sucesión u obtenga declaratoria de herederos a su favor......
