Buenas a todos los colegas, mi nombre es Fernando, estoy en un apriete complicado, la situación es la siguiente:
He iniciado una DEMANDA DE DESLINDE JUDICIAL, en base a lo siguiente: Mi cliente posee un inmueble, Propiedad, identificado como "B" urbano hace mas de 30 años, en el plano parcelario todos los inmuebles poseen una dimensión de 14 Mts de Frente X 30 Mts de Fondo, exceptuando al inmueble "A" de 16,80 Mts de frente X 30 Mts de Fondo, colindante con el inmueble "B" de mi cliente, y es aquí el problema, este Lote "A"tiene una construcción de mas de 20 años, un muro perimetral confeccionado sobre el terreno de mi cliente, usurpando el inmueble "B". A todo esto he iniciado una DEMANDA DE DESLINDE, en la cual, previo traslado me han planteado: 1) falta de legitimación pasiva (era claro ya que el actual ocupante es heredero del titular de dominio) y 2 )FORMAL EXCEPCIÓN POR IMPROCEDENCIA DE LA ACCIÓN, ya que antes considera que debe interponerse la acción REINVICATORIA, cuestión que considero desde mi total inexperiencia, no procede, ya que existe una confusión de limites entre ambos inmuebles, primero considero se deben aclarar los limites y luego, ante una eventual posesión ilegitima si la reivindicación. Agradecería ayuda y/o consejos.
Atte Fernando
He iniciado una DEMANDA DE DESLINDE JUDICIAL, en base a lo siguiente: Mi cliente posee un inmueble, Propiedad, identificado como "B" urbano hace mas de 30 años, en el plano parcelario todos los inmuebles poseen una dimensión de 14 Mts de Frente X 30 Mts de Fondo, exceptuando al inmueble "A" de 16,80 Mts de frente X 30 Mts de Fondo, colindante con el inmueble "B" de mi cliente, y es aquí el problema, este Lote "A"tiene una construcción de mas de 20 años, un muro perimetral confeccionado sobre el terreno de mi cliente, usurpando el inmueble "B". A todo esto he iniciado una DEMANDA DE DESLINDE, en la cual, previo traslado me han planteado: 1) falta de legitimación pasiva (era claro ya que el actual ocupante es heredero del titular de dominio) y 2 )FORMAL EXCEPCIÓN POR IMPROCEDENCIA DE LA ACCIÓN, ya que antes considera que debe interponerse la acción REINVICATORIA, cuestión que considero desde mi total inexperiencia, no procede, ya que existe una confusión de limites entre ambos inmuebles, primero considero se deben aclarar los limites y luego, ante una eventual posesión ilegitima si la reivindicación. Agradecería ayuda y/o consejos.
Atte Fernando
