HOla! la verdad necesito q me saquen esta duda , hace meses me capacite en previsional para hacerle la jubilación a mi madre y no meter la pata (no hay peor cliente q la flia) pero como estoy en otra provincia ahora de donde reside ella, inicio los tramites sólita en el ANSES, así q le pedí q me enviara la liquidación q le dieron en el ANSES para corroborar q este tdo acreditado, (se quiere jubilar como ama de casa, ella es pensionada, asi q debe pgar tdo de contado, para lo cual tiene q sacar un credito) vi q en el resumen de los periodos de deuda, q le contemplaron el art. 3 de la L.24476, pero no veo reflejado en el papel lo del excedente de edad, el dos x uno, dado q tienen 66 años ella, y lo q me llama la atención es q se toma el periodo de 1/64 cdo cuplio 18 años q es correcto pero hasta 12/89 es la deuda..eso es lo q no comprendo..no son acaso 30 años de servicios q debe comprar completando siempre la edad requerida para jubilarse ? x en 12/89 ella tenia 56 años....
es mas no sabia q ANSES ahora te hacen ellos el tramite de jubilacion y te dan las facilidades para pagar, solo quiero asegurarme q tenga pagar lo q corresponde y mis calculos no son los mismos, tranquilamente puedo estar equivocada, mi especialidad es otra no el previosional, pero necesito q me orienten si pueden!
es mas no sabia q ANSES ahora te hacen ellos el tramite de jubilacion y te dan las facilidades para pagar, solo quiero asegurarme q tenga pagar lo q corresponde y mis calculos no son los mismos, tranquilamente puedo estar equivocada, mi especialidad es otra no el previosional, pero necesito q me orienten si pueden!
Mikagus
