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  • renuncia al patrocinio. Regulacion de honorarios.

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 #924510  por azrael132333
 
Buen dia: un cliente viene para q le siga unm sucesorio, el abogado anterior renuncio al patrocinio, y el juzgado saco el siguiente proveido..."Téngase presente la renuncia al patrocinio efectuada, hágase saber a sus efectos e intímese a la parte a constituir nuevo domicilio procesal dentro del plazo de diez días, bajo apercibimiento de dar por notificadas las sucesivas providencias automáticamente en la forma prevista por el art. 133 del Código Procesal. Notifíquese en el domicilio real.-
A lo solicitado en el pto. II, hágase saber que deberá cumplir con lo dispuesto por el art. 23 de la ley de arancel.

Consultas:
1- puede notificarse la parte con un escrito para no esperar la cedula y acelerar el proceso?
2- respecto a la ultima parte del proveido, es porque solicito el otro abogado regulacion de honorarios. Debo hacer algo cuando me presente?
3- cuando se presenten la tasacion del bien del sucesorio, esto va a hacer q tenga q pagar la tasa sobre la tasacion efectuada, o puede integrarse la misma sobre el valor fiscal mas alla de la tasacion real para la regulacion???

Bueno desde ya gracias por su ayuda!!!
 #924535  por ale532
 
1- Sí, incluso en el mismo escrito que te presentes vos, tu cliente manifiesta notificarse de ese proveído y constituir nuevo dom. constituido.

2- No, esa parte del porveído es exclusivamente para el abogado que renunció.

3- Podés pedir valuación fiscal, y pagar tasa sobre ese valor.


*suerte*