el amparo puede interponerse si no hay otra via judicial mas idonea, en este caso si lo hay que es pedir la nulidad en el mismo expediente.
en el contrato no se prorrogo jurisdiccion? sino se prorrogo tambien habria que pedir la incompetencia.
ojo que para plantear la nulidad tenes 5 dias desde que conoces el acto juridico nulo.
ahora bien entiendo qeu son unos hdp que iniciaron el juicio en una jurisdiccion que nada tiene que ver al unico fin que no pueda defenderse el cliente, ya que le cuesta mas ir a santa fe y pedir un abogado que la deuda y para cuando se entera y le corren los 5 dias tiene que andar corriendo de un lugar a otro para contratar al abogado e interponer la nulidad en 5 dias y si gana la incompetencia va a necesitar un segundo abogado, bien guachos para el tipo quede indefenso totalmente
en el contrato no se prorrogo jurisdiccion? sino se prorrogo tambien habria que pedir la incompetencia.
ojo que para plantear la nulidad tenes 5 dias desde que conoces el acto juridico nulo.
ahora bien entiendo qeu son unos hdp que iniciaron el juicio en una jurisdiccion que nada tiene que ver al unico fin que no pueda defenderse el cliente, ya que le cuesta mas ir a santa fe y pedir un abogado que la deuda y para cuando se entera y le corren los 5 dias tiene que andar corriendo de un lugar a otro para contratar al abogado e interponer la nulidad en 5 dias y si gana la incompetencia va a necesitar un segundo abogado, bien guachos para el tipo quede indefenso totalmente
