Capaz con mucha suerte se podria impugnar la autorizacion de activacion del plan alegando que la empresa no constato debidamente quien hacia la activacion y solo porque alguien capaz mando un SMS o llamo diciendo "soy el titular" ya dieron por hecho que era el titular y le permitieron el uso del plan; y recurrir al tema de la ley de defensa del consumidor para tratar de ver por donde encuadra por ahi
Digo esa ley, porque por el CCiv comun si te oponen que al dar el movil en comodato te hiciste responsable del uso que el comodatario le de a ese movil, y se agarran de la inoponibilidad ante terceros de los contratos entonces no hay forma de reclamar. Pero creo que por el lado de la ley de defensa del consumidor alguna impgunacion a como se activo el plan se puede llegar a hacer, como que la empresa no informo debidamente el costo del plan al titular, que no constataron que sea el titular quien lo activa, etc...
Cuando una multitud de cuervos rodeaba al cliente al grito de "que pague!, que pague!", se hizo presente el señor y dijo "el que este libre de inflar una liquidacion, que arroje la primer calculadora"