GUSTAVOALBV escribió:Muchas gracias a todos por sus consejos...... fui varias veces y habe con varias autoridades de distintos sectores.... me hicieron que de la baja del beneficio a lo cual tuvo que firmar el señor.... por mas que firmo la baja se puede rehabilitar el beneficio???? Necesito ayuda urgente porque en el ANSES el jefe de computos dice una cosa...el de iniciaciones otra y el de beneficiaroios otra!!! les juro que no puedo creer que no tengan criterio unificado entre ellos mismos!!! si mi cliente firmo la baja del beneficio puede rehabilitarlo o la única opción que queda es reapertura????
Diego el motivo exacto es inconcistencia de domicilio....presente el expediente con un domicilio y en el transcurso de la resolucion se mudo y fue a hacer un tramite por una asignación y le actualizaron el domicilio en el ADP...
Desde ya les agradesco muchisimo por su ayuda....
Buenos Aires, 12 de marzo de 2013
CIRCULAR DP Nº 24/13
CONTROLES EFECTUADOS SOBRE LA CONSISTENCIA DE LA LIQUIDACIÓN POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL PRESTACIONAL - BENEFICIOS RETENIDOS / SUSPENDIDOS
REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP Nº 66/12
En el marco de revisión y optimización de procesos de control y conforme la normativa vigente es preciso poner en conocimiento de las áreas operativas de esta Administración Nacional, el procedimiento a aplicar ante reclamos de beneficiarios cuyas prestaciones hayan sido retenidas y/o suspendidas producto de los controles efectuados por la Dirección General de Control Prestacional.
En el ANEXO I de la presente, se incluyen las descripciones de los motivos de retenciones y/o suspensiones que surgen como consecuencia de los controles centralizados que se llevan a cabo en el ámbito de la Dirección Control de la Liquidación y Red de Grupos Móviles, conteniendo además el código y el motivo de suspensión en RUB, la indicación en cada supuesto descripto acerca de si el beneficio puede ser activado por la UDAI y la acción a llevar a cabo para regularizar la situación detectada.
La nómina de casos involucrados por mensual de liquidación se encuentran disponibles en el Portal Intranet-Servicios-Ret-“Retenciones aplicadas sobre la liquidación de beneficios previsionales SIPA”, donde consta el motivo que generó la retención y/o suspensión.
A fin de subsanar cada una de las anomalías de acuerdo al motivo que ameritó la retención y/o suspensión, se deberán aplicar los procedimientos descriptos en el campo “Acción Regularizadora – Área Interviniente”.
Asimismo, con el objeto de identificar todos los casos regularizados en los que corresponda modificar el derecho otorgado y/o los conceptos que integran el haber del beneficio, el área operativa/UDAI deberá caratular en el Sistema de Gestión de Trámites, una actuación bajo el tipo de trámite “719 – SANEAMIENTO ERROR DETECTADO” y actuar conforme normativa vigente. Una vez finalizado su análisis y/o saneamiento, procederá a modificar su estado a 40 “Resuelto favorablemente” en caso que se hubiera efectuado la corrección o 41 “Resuelto desfavorablemente” en aquellos casos donde no corresponde el derecho de la percepción de la prestación.
Se informa que para el resto de los casos, toda activación que se realice quedará bajo la estricta responsabilidad del Jefe de UDAI/Oficina/área operativa, quien deberá constatar la inexistencia de incompatibilidades para el cobro del beneficio retenido y/o suspendido.
No obstante, la Dirección General Control Prestacional podrá ejecutar controles en la órbita de su competencia, a través de la Dirección Detección y los grupos móviles dependientes de la Dirección Control de la Liquidación y Red Grupos Móviles sobre las acciones encaradas.
Finalmente, se recuerda a todas las áreas de esta Administración Nacional, que ante reclamos efectuados por beneficiarios cuyas prestaciones hayan sido retenidas y/o suspendidas producto de controles centralizados, se deberán abstener de indicar al titular y/o apoderado que se presenten ante alguna de las Coordinaciones dependientes de la Dirección Control de la Liquidación y Red de Grupos Móviles, habida cuenta que a fin de subsanar las anomalías que derivaron en la acción preventiva promovida a nivel central, las áreas deberán seguir indefectiblemente las pautas de trabajo que por la presente se regulan.
Motivo Retención en Intranet Código y Motivo de Suspensión en RB00 La UDAI puede activar Acción REGULARIZADORA - Área interviniente
Altas de beneficios con dato de Cód. 55 AREA OPERATIVA/UDAI:
Domicilio inconsistente Motivo: ALTA BENEF C/DOMIC INCONS SI 1) Efectuar las correcciones, modificaciones o inclusiones de datos necesarios según sea la inconsistencia encontrada
2) Proceder a la activación del beneficio.