Hola Colegas les consulto lo siguiente. Tengo un cliente a quien lo notificaron de una demanda sobre prescripcion adquisitiva de una propiedad rural el cual es dueño del 20% indiviso, al que le prepare la contestacion ya que los lotes q pretenden prescribir no son los de su propiedad. Ahora este mismo cliente me consulta sobre la posibilidad de realizar sobre los lotes que son de su propiedad una prescripcion a nombre de su suegro a los fines de concluir con estos problemas ya que se trata de un lote de 800 has en el cual hay varios poseedores y el es dueño de 2 que suman 100 has. Ahora la duda que me surge es la siguiente yo al contestar la demanda en donde pruebo que es el dueño con matricula folio real y demas documental no hay inconveniente en realizar inmediatamente en un nuevo juicio la prescripcion a nombre del suegro????? Es mi primera prescripcion y quisiera estar bien encaminada.
Gracias desde ya por sus respuestas.
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