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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #949513  por hollynati18
 
Estimados: un empleador recibió un Telegrama de intimación por falta de registración, consultó con un abogado quien le asesoró y remitió CD negando todos sus términos, pero en vez de enviarlo al domicilio del remitente, lo dirigió al domicilio del abogado que mencionan en el texto, cuando el que firma el telegrama es el empleado.
El tema es que la CD no la pueden entregar porque el domicilio siempre está cerrado.
Consultado sobre este tema y como recién me inicio en los temas laborales, recurro a UDs para consultarles cómo se debería resolver esta situación. Se da por notificado igual? ó en caso contrario, a pesar que el plazo de contestación se haya vencido, es conveniente que le remita otra CD al domicilio remitente?
Muchisimas gracias!!!!!!
 #949519  por MORGAN
 
si en el texto del telegrama se aclara que la contestación deberá dirigirse al domicilio del abogado especularía con que manden otra a ver si le erran y se considera despedido por silencio por ej.
 #950039  por GU
 
hollynati18 escribió:Estimados: un empleador recibió un Telegrama de intimación por falta de registración, consultó con un abogado quien le asesoró y remitió CD negando todos sus términos, pero en vez de enviarlo al domicilio del remitente, lo dirigió al domicilio del abogado que mencionan en el texto, cuando el que firma el telegrama es el empleado.
El tema es que la CD no la pueden entregar porque el domicilio siempre está cerrado.
Consultado sobre este tema y como recién me inicio en los temas laborales, recurro a UDs para consultarles cómo se debería resolver esta situación. Se da por notificado igual? ó en caso contrario, a pesar que el plazo de contestación se haya vencido, es conveniente que le remita otra CD al domicilio remitente?
Muchisimas gracias!!!!!!
Ya que recien te inicias, te recomiendo que la proxima aclares desde que parte haces la consulta. Es mas facil guiar de ese modo.

Habria que ver la redaccion del TCL por falta de registracion, como esta la parte del domicilio del abogado. Si en el texto, se pone una frase como: "A todo efecto, constituyo domicilio legal en el estudio del Dr. XX sito en Av. YY...", es correcto remitir la contestacion (CD enviada por el empleador) al domicilio del abogado. Si no hay una constitucion expresa del domicilio, corresponde remitir la contestacion al domicilio del remitente del TCL inicial.

Luego, corresponde aclarar que si la CD no se recibe por estar el domicilio cerrado, la responsabilidad es del destinatario, quien tiene a su cargo el deber de recibir las notificaciones (mas si constituyo domicilio). Si el domicilio es incorrecto, es otro cantar.

Salutes!