Estimados colegas, escribo para si alguno puede sacarme esta duda que me surgio. Me consulta un trabajador de la actividad de seguridad y vigilador y me dice que los ultimos meses le estan pagando menos pq no alcanza la cantidad minima de 200 hs mensuales. Leyendo el convenio de la actividad en cuanto a la jornada laboral y siendo un trabajador a jornada completa entiendo que al trabajar como máximo por día puede laborar de forma ordinaria 8 hs o 48 semanles.
Entonces entiendo que las 200 hs mensuales serian el maximo en realidad y que la unica forma de que le paguen la jornada proporcional es si trabaja menos de 6 hs o en su defecto el mensual sea inferior a las 2/3 partes, estoy en lo correcto?.
Me surgio la duda pq en caso de estar en lo correcto a este hombre directamente le estarian liquidando mal su remuneracion mensual y habria q intimar al empleador a que regularice esa situacion y reclamar las diferencias salariales hasta el momento.
Espero que se haya entendido mi relato y desde ya agradezco a cualquiera que pueda despejarme la duda.
Saludos
Entonces entiendo que las 200 hs mensuales serian el maximo en realidad y que la unica forma de que le paguen la jornada proporcional es si trabaja menos de 6 hs o en su defecto el mensual sea inferior a las 2/3 partes, estoy en lo correcto?.
Me surgio la duda pq en caso de estar en lo correcto a este hombre directamente le estarian liquidando mal su remuneracion mensual y habria q intimar al empleador a que regularice esa situacion y reclamar las diferencias salariales hasta el momento.
Espero que se haya entendido mi relato y desde ya agradezco a cualquiera que pueda despejarme la duda.
Saludos