Estimados Colegas:
Quisiera discurrir en voz alta y obtener o no aprobación por su parte.
Tengo una demanda para ingresar por Servicio Doméstico.
La relación laboral termino en el año 2012. Tengo ya el poder firmado por ante el Ministerio de Trabajo Nación.
La nueva ley 26844 derogó el decreto 326 y dice en el art 76 Vigencia: Lo establecido en la presente ley sera de aplicación a todas las relaciones laborales alcanzadas por éste régimen al momento de su entrada en vigencia.(RELACIONES LAABORALES NO PRESCRIPTAS ENTIENDO)
Debo entender que podría practicar liquidación por la nueva ley y acoger a mi cliente a los beneficios de la nueva norma....verdad¿
Gracias!
Quisiera discurrir en voz alta y obtener o no aprobación por su parte.
Tengo una demanda para ingresar por Servicio Doméstico.
La relación laboral termino en el año 2012. Tengo ya el poder firmado por ante el Ministerio de Trabajo Nación.
La nueva ley 26844 derogó el decreto 326 y dice en el art 76 Vigencia: Lo establecido en la presente ley sera de aplicación a todas las relaciones laborales alcanzadas por éste régimen al momento de su entrada en vigencia.(RELACIONES LAABORALES NO PRESCRIPTAS ENTIENDO)
Debo entender que podría practicar liquidación por la nueva ley y acoger a mi cliente a los beneficios de la nueva norma....verdad¿
Gracias!