Estimados foristas. Les hago la siguiente consulta. Resulta que tengo que ejecutar honorarios regulados a un perito contador en el Fuero Laboral en Pcia. Bs As. El asunto es que le regularon a mediados del año 2011 por sentencia y una de las partes apelo la misma y fue a la SCBA, el expediente volvió hace poco y la sentencia quedo firme ya que allá dijeron que el recurso fue mal concedido. Mi consulta es la siguiente: Que pasa con los intereses devengados desde el año 2011 a la fecha. Debo practicar liquidación ahora y de ella correrse a traslado a las partes obligadas al pago antes de iniciar ejecución de honorarios o inicio ejecución y mas adelante practico liquidación? Me podrían explicar un poco esto. Desde ya muchas gracias.