Hola a todos. Mi consulta es por el siguiente tema: transcurrieron con creces los 120 dias para q anses practique y presente la liquidacion en un expte reajustes ley 18037. no lo hizo. yo anduve con problemas familiares y tuve que ausentarme unos meses y ahora q `pude contactar a mi cliente quiero terminar con este caso...
pasados los 120 dias de la sent def si anses no presenta la liquidacion q me aconsejan que haga yo para q mi cliente pueda cobrar rapidamente lo establecido en la sentencia: presento la liquidacion yo directamente? o pido q lo haga anses bajo apercibimiento d hacerlo yo? y el tema de las atreintes?
mi cliente tiene mas d 70 años y la verdad q me gustaria q pudiera cobrar lo antes posible. tramita ante el juzgado 7
cualq dato u opinion me seria d gran ayuda. gracias y saludos!
pasados los 120 dias de la sent def si anses no presenta la liquidacion q me aconsejan que haga yo para q mi cliente pueda cobrar rapidamente lo establecido en la sentencia: presento la liquidacion yo directamente? o pido q lo haga anses bajo apercibimiento d hacerlo yo? y el tema de las atreintes?
mi cliente tiene mas d 70 años y la verdad q me gustaria q pudiera cobrar lo antes posible. tramita ante el juzgado 7
cualq dato u opinion me seria d gran ayuda. gracias y saludos!