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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #967366  por EugenioSulpizio
 
Estimados/as colegas:

Soy el abogado patrocinante del denunciante en un juicio de insania que tramita en la justicia nacional (CABA).

Hace unos días, el expediente se abrió a prueba. Se ordena la notificación personal al presunto insano y la notificación por despacho al asesor.

Mi pregunta es la siguiente: siendo abogado patrocinante del denunciante, ¿se me debe notificar por cédula de la apertura a prueba?

Gracias,

Dr. EAS.