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 #979626  por danib
 
Foristas, me surge la duda por un alta medica de ART que fue pedida por mi cliente antes de terminar con las ultimas sesiones 2 de tratamiento, ( tenia lesion cervical por accidente in itinere) quedando constancia de que se responsabiliza por no finalizar el tratamiento . Ahora pensaba reclamar por seclo, y ver. Escucho opiniones. Gracias.
 #979630  por Beto
 
OBVIO, MIRA QUE SI ES LANUEVA LEY, NO CUBRE EL ACCIDENTE INITIERE..., PERO RECLAMALO IGUAL
 #979634  por agentil
 
Beto escribió:OBVIO, MIRA QUE SI ES LANUEVA LEY, NO CUBRE EL ACCIDENTE INITIERE..., PERO RECLAMALO IGUAL
Disculpa, de donde sacaste que la nueva ley no cubre el in itinere????

saludos!!
 #979640  por eltam88
 
JAJAJAJ, NO SE DE DONDE SACAN QUE EL IN ITINERE NO ESTÁ EN LA NUEVA NORMA. CADA COSA HAY QUE LEER.
 #979876  por Beto
 
eltam88 escribió:JAJAJAJ, NO SE DE DONDE SACAN QUE EL IN ITINERE NO ESTÁ EN LA NUEVA NORMA. CADA COSA HAY QUE LEER.

Y SI LEES Y INTERPRETAS LOS NUEVOS ARTICULOS....., TE DARIAS CUENTA
 #979902  por eltam88
 
ESTAS LOCO BETO, CONFUNDÍS QUE ALGUNOS DICEN QUE NO TENDRÍA DERECHO A LAS MEJORAS DEL 20%.
 #981751  por Beto
 
Hola no estoy confundido, nada tiene que veer el 20%, la nueva modificación no contempla el accidente in initinere.
 #981752  por Beto
 
eltam88 escribió:ESTAS LOCO BETO, CONFUNDÍS QUE ALGUNOS DICEN QUE NO TENDRÍA DERECHO A LAS MEJORAS DEL 20%.
ARTICULO 3º — Cuando el daño se produzca en el lugar de trabajo o lo sufra el dependiente mientras se encuentre a disposición del empleador, el damnificado (trabajador víctima o sus derechohabientes) percibirá junto a las indemnizaciones dinerarias previstas en este régimen, una indemnización adicional de pago único en compensación por cualquier otro daño no reparado por las fórmulas allí previstas, equivalente al veinte por ciento (20%) de esa suma. En caso de muerte o incapacidad total, esta indemnización adicional nunca será inferior a pesos setenta mil ($ 70.000).


haber aca esta claro, "en el lugar de trabajo o lo sufra el dependiente miestras se encuentre a disposicion del empleador",
EN QUE PARTE DICE IN NITINERE, DONDE DICE LLENDO A SU LUGAR DE TRABAJO O REGRESANDO O DESVIANDOSE A ESTUDIAR O A CUIDAR UN ENFERMO!!!!!!!!, como lo mencionaba anteriormente.
Puede ser que este un poco "loco" , pero sigan votando.... así....
 #981893  por TORDO
 
Beto el intinere esta plenamente cubierto por la nueva ley, lo que no le otorga al intinere es el incremento del 20%, ya que el espíritu de la ley 26.773 es evitar la acción civil y de por si con nueva o con vieja no existe acción civil para el initinere, de ahí a decir que la ley 26.773 excluye el initinere es una barbaridad. me acabo de anotar en una charla para mañana en IPEC que tratan el tema te aconsejo hacerlo.-